UCIFA. PINDADO PIDE QUE SE REPITA LA RECUSACION DE GARZON QUE PRESENTO EN NOVIEMBRE DE 1992 PORQUE FUE RESUELTA POR BUEREN

- Recuerda que Bueren se abstuvo de tramitar la recusación promovida por Vera por su mistad con Garzón

- Reclama la nulidad de todas las actuaciones de Garzón por su falta de imparcialidad objetiva

- Pide a la sala que le va a juzgar que se inhiba a favor de la justicia ordinaria por no ser competente

MADRID
SERVIMEDIA

Manuel Cobo del Rosal, abogado defensor del comandante José Ramón Pindado, uno de los mandos de la Unidad Central de Investigación Fiscal y Antidroga de la Guardia Civil procesados por pagar con droga a confidentes, ha solicitado a la Audiencia Nacioal que tramite nuevamente el incidente de recusación que presentó en noviembre de 1992 contra el juez Baltasar Garzón, porque en su día fue resuelto por el juez Carlos Bueren.

En un escrito remitido a la sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que deberá juzgar este caso, el abogado de Pindado, que también es defensor de Rafael Vera, basa esta petición en que el juez Bueren reconoció durante la recusación que el ex secretario de Estado para la Seguridad planteó contra Garzón suamistad íntima con éste.

Así, Cobo del Rosal recuerda que Bueren se abstuvo de tramitar dicho incidente, que finalmente fue resuelto por el juez Manuel García-Castellón, por su amistad íntima con Garzón, tal como reconoció en el escrito por el que decidió apartarse de la tramitación de la recusación de Garzón.

Por ello, a juicio del abogado, "dichas afirmaciones unidas al largo catálogo de hechos que demuestran que mencionada amistad no es nueva sino que arranca de hace ya algunos años y, sin dud, también anteriores a 1992, nos mueven a plantear la nulidad también del auto de 21 de noviembre de 1992" por el que Bueren rechazó la recusación de Garzón planteada por Pindado.

Para Cobo de Rosal, "lo procedente hubiese sido la abstención por iniciativa del mismo Carlos Bueren" pero recuerda que "tal procedente abstención nunca se produjo y lo que sí se produjo, por el contrario, fue la desestimación de las causas de recusación alegadas entonces" por Pindado: tener interés directo o indirecto en lacausa, ser una de las partes subordinado del juez y haber sido instructor de la causa cuando el conocimiento del juicio esté atribuído a otro tribunal.

Por ello, además de solicitar la repetición del incidente de recusación de Garzón promovido por Pindado y que lo tramite por el juez sustituto competente, pide también la nulidad del incidente de recusación y de todo lo actuado a partir de su resolución.

El defensor de Pindado también solicita en su escrito que la sección tercera, que deberá juzga a los procesados de la UCIFA, se inhiba de celebrar la vista por enteder que no es competencia suya, sino de la justicia ordinaria, al carcer de jurisdicción tanto el tribunal como anteriormente el juez Garzón respecto a los delitos imputados a su patrocinado.

Así, pide que se remitan las actuaciones al juzgado de instrucción número 13 de Madrid, que conoció de una causa relacionada con este asunto hasta que el Tribunal Supremo resolvió la competencia a favor de la Audiencia Nacional.

Además, reuiere que el tribunal declare nulas todas las actuaciones llevadas a cabo por Garzón en este procedimiento, por entender que carece de imparcialidad objetiva, así como de todo lo actuado hasta el momento anterior al auto de procesamiento dictado por el juez contra Pindado el 15 de febrero de 1993.

SUBORDINADO

Cobo del Rosal basa estas peticiones en en que las operaciones presuntamente delictivas atribuídas a Pindado e investigadas por Garzón, una "entrega vigilada" de droga, el comandante de la Guaria Civil actuó como subordinado del juez, ya que este magistrado fue quien dirigió dicha operación contra el tráfico de drogas, ordenando determinadas actividades policiales, como intervenciones telefónicas y registros.

Así, a su juicio, Garzón carece de imparcialidad ya que tenía un conocimiento procesal previo de unos hechos que luego el mismo magistrado incorporó a las diligencias que abrió y por las que fue procesado Pindado.

Por su parte, el abogado respalda la falta de competencia, a su juiio, de la Audiencia Nacional para juzgar a Pindado en que los delitos atribuídos a éste se cometieron no en varios puntos del país sino sólo en Madrid, por lo que la competencia es de la justicia ordinaria.

El fiscal del caso solicita en sus conclusiones un total de 15 años para el comandante Pindado al que acusa de sendos delitos contra la salud pública y falsedad. La presentación de este escrito por parte de Cobo del Rosal, al que se adherirán otras defensas de los procesados, según pudo saber Serviedia, provocará un retraso importante en la fecha de la celebración del juicio ya que si la sala lo rechaza puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.

(SERVIMEDIA)
21 Abr 1995
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