LA UCE RECURRE EL DECRETO QUE REGULA EL CONTRATO DE LA LUZ

MADRID
SERVIMEDIA

La Unión de Consumidores de España (UCE) ha presentado ante la Sala Tercera del Tribunl Supremo un recurso contencioso- administrativo contra el real decreto 1.725/84, que aprueba el modelo de contrato de la luz, por "considerarlo nulo de pleno derecho, al existir vicios de orden público y vulnerar los principios de jerarquía normativa y de reserva de ley".

Para esta organización, ese decreto es contrario a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU), de rango superior. En concreto, según la UCE, las condiciones generales 26, 29 y 30 de la Póliza de Abono (conrato de la luz) están en abierta contradicción con lo dispuesto en el artículo 10 de la LGDCU, "al excluirse en las mismas la buena fe, por no guardar el justo equilibrio entre las contraprestaciones".

La condición general 29 del contrato de la luz permite que las compañías supriman el suministro a los usuarios tras una autorización tácita de la Administración, sin garantía de que aquéllos hayan recibido ninguna notificación de corte y, por tanto, sin permitir la audiencia a los interesados y sin inicar ningún expediente administrativo.

Por otro lado, la póliza únicamente contempla el caso de la facturación de cantidades inferiores a las debidas y no el caso contrario.

Estas cláusulas son abusivas para la UCE, "al perjudicar de forma no equitativa al consumidor y comportar en el contrato una posición de desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio de los consumidores".

Asimismo, la asociación no considera aceptable la regulación por reglamento del suministr de energía eléctrica, un sector económico sobre el que constitucionalmente existe reserva de ley, es decir, cuya regulación está reservada a una ley aprobada por las Cortes.

(SERVIMEDIA)
30 Abr 1992
A