UCE PIDE MAYOR PROTECCION PARA EL USUARIO DE BANCA
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La Unión de Consuidores de España-UCEha pedido al Ministerio de Justicia que se amplie, en defensa del interés general de los consumidores, una reciente sentencia judicial que declara nulas una serie de claúsulas de los contratos bancarios, según ha informado hoy esta oprganización de consumidores.
La sentencia, del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Madrid, responde a un procedimiento contra el Banco Central Hispano, y declara nula la posibilidad de que el banco considere conforme por parte del cliente el saldo d su cuenta si han transcurrido 45 días sin indicar lo contrario.
Tambien elimina la posibilidad de que el tipo de interés para descubiertos sea el fijado por el Banco de España si no hay acuerdo previo con el cliente.
Asímismo, se desestima la exención de responsabilidad del banco por las pérdida o sustracción de cheques.
Finalmente, se declara nula la claúsula que permite la compensación entre cuentas pertenecientes a distintos titulares de forma indistinta y solidaria.
UCE ha recordad que en septiembre de 1993 se produjo una sentencia similar, aquella vez referida al Banco Exterior de España.
La solictud de UCE para que el Ministerio de Justicia eleve estas circunsatancias a categoría general se debe a que las sentencias mencionadas solo afectan al que ejerce la acción judicial y no a la generalidad de los consumidores.
Igualmente, la organización de consumidores pide al gobernador del Banco de España, Luis Angel Rojo, que examine las claúsulas que los bancos imponen al usuaro e impida que figuren en las mismas condiciones abusivas conforme a la normativa de protección del consumidor.
(SERVIMEDIA)
09 Feb 1994
JCV