LA UCE ESTIMA "INSUFICIENTE" LA NUEVA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Unión de Consumidores de España (UCE) considera "insuficiente" la nueva Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que entró en vigor el pasado sábado, según pone de manifiesto en un estudio realizado por esa asociación en el que e analizan los puntos de la ley que afectan más directamente a los ciudadanos.
La UCE valora positivamente algunas medidas de la nueva normativa, como la identificación de los funcionarios, pero denuncia que existen dos lagunas de notable importancia para los consumidores.
La primera de ellas es, según la UCE, la necesidad de establecer reglamentos de calidad que fijen los objetivos cualitativos a los que tiene que hacer frente la Administración, de manera que se conviertan en puntos de referenci para realizar mediciones externas para comprobar si se han cumplido los objetivos.
A juicio de los responsables de esta organización de consumidores, estas mediciones deberían hacerse públicas "para acicate y estímulo" de la propia Administración.
Otra de las lagunas, en opinión de la UCE, es la "insana manía que rodea a todas las administraciones de hacer litigar a los ciudadanos para la defensa de sus derechos, cuando la jurisprudencia ha marcado ya un precedente, con lo que tienen que acudir e nuevo a los tribunales".
La UCE considera "muy positiva", sin embargo, la identificación de los funcionarios que prestan servicios de atención al público. En su opinión, es una medida necesaria para que la relación entre el administrado y la Administración se desarrolle con pautas de transparencia y para que no haya posibilidad de escudar las posibles responsabilidades en el anonimato administrativo.
Para los responsables de esta organización de consumidores, el nuevo carácter que se imprime al"silencio administrativo" opera también en la línea de permitir una Administración "más eficaz y rápida".
Esta consideración del silencio como positivo no puede extenderse, según la UCE, a todos los asuntos planteados por todos los ciudadanos, pero "lo que no tiene ningún sentido es que la ausencia de respuesta actúe contra un ciudadano que ha cumplido con las indicaciones legales".
La UCE considera positiva también la posibilidad que tiene ahora el ciudadano de conocer en cualquier momento el esado de la tramitación de los procedimientos en los que tenga la condición de interesado y de obtener copia de los documentos contenidos en ellos.
Otros aspectos de la ley que la UCE cree que son beneficiosos para el consumidor son el poder utilizar las lenguas oficiales en el territorio de la comunidad autónoma, formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase del proceso antes del trámite de audiencia y el hecho de que no se podrá exigir al ciudadano que presente documentos que no estén exgidos por las normas aplicables al procedimiento.
(SERVIMEDIA)
01 Mar 1993