TV-3 INFORMARA DE SU PROGRAMACION CON TRES DIAS DE ADELANTO SI PROSPERA UN PROYECTO DE DECRETO DE LA GENERALITAT
- Las cadenas nacionales están obligadas por ley a informar de su "parrilla" con 11 días de antelación
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TV-3 de Cataluña informará de su programación con 3 días de antelación si se aprueba un proyecto de decreto elaborado por la Generalitat catalana, cuyo fin es desarrollar el derecho a la información de los usuarios de los servicios de comunicación udiovisual.
El plazo de 3 días establecido en este borrador, al que ha tenido acceso Servimedia, contrasta con la obligación legal fijada para las cadenas de televisión de cobertura nacional, que tienen que adelantar su "parrilla" con 11 días de antelación.
La Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (UTECA), que agrupa a Telecinco y Antena 3, denunció en su día que las cadenas autonómicas, cuyas competencias recaen en los gobiernos regionales, compiten con ventaja al no estar obligadas por ly a facilitar su programación por adelantado.
La obligación de informar de la programación con 11 días de adelanto se incluyó el pasado mes de septiembre en el reglamento de la Ley de TV sin Fronteras. El objetivo es acabar con la contraprogramación, técnica que consiste en cambiar a última hora los espacios anunciados para despistar a la competencia y lograr más audiencia.
El texto elaborado por el Gobierno catalán hace hincapié en dos aspectos: por un lado, el derecho de los telespectadores a cnocer con antelación suficiente la oferta televisiva; por otro, la necesidad de hacer efectivo el derecho de protección a los menores mediante un sistema de signos visuales y acústicos de fácil interpretación para los padres y tutores.
El proyecto de decreto sería de aplicación a los operadores audiovisuales dependientes directa o indirectamente de la Generalitat, además de aquéllos cuya cobertura no sobrepase el límite territorial de Cataluña.
PROGRAMACION
Según esta normativa, los operadores starán obligados a informar de su programación completa, especificando como mínimo el título y el tipo o género de los espacios, así como la hora prevista de emisión. En las películas será obligatorio incluir el título y el año de producción, mientras que en los programas de variedad se dará a conocer los principales invitados.
Los operadores no podrán cambiar la programación anunciada, salvo como consecuencia de acontecimientos imprevistos y ajenos a la voluntad de la cadena de televisión. El decretoatribuye al Consell Audiovisual de Catalunya la facultad de sancionar a las cadenas que incumplan las obligaciones previstas en esta normativa.
PROTECCION A LOS MENORES
El proyecto de decreto incluye una disposición adicional en la que se recoge la obligación de emitir los programas susceptibles de perjudicar a los menores fuera de la franja horaria dedicada especialmente a la infancia.
Si prospera esta normativa, los operadores tendrán que informar a los espectadores, mediante símbolos visuale y señales acústicas, de la clasificación por edades los programas emitidos. El texto fija un periodo de dos meses, a partir de su aprobación, para que los operadores catalanes consensúen un modelo se señalización común.
(SERVIMEDIA)
23 Ene 2000
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