EL TSJM DICTAMINA QUE EL EMPADRONAMIENTO ERAIMPRESCINDIBLE PARA LA ÚLTIMA REGULARIZACIÓN
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha establecido que el empadronamiento era un requisito "imprescindible" para acogerse al proceso extraordinario de regularización de extranjeros de 2004.
Así lo ha dictaminado el Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM, que ha unificado su doctrina sobre esta cuestión en tres sentencias, por las que resuelve los recursos presentados por numerosos extranjeros que intentaron acogerse al citado proceso.
De esta manera, el TSJM confirma las resoluciones por las que el delegado del Gobierno inadmitió a trámite, por carecer manifiestamente de fundamento, las solicitudes de regularización que no iban acompañadas de certificados de empadronamiento anteriores a 8 de agosto de 2004 o de certificaciones de empadronamiento por omisión.
Una de las tres sentencias, todas ellas con fecha 30 de octubre, cuenta con un voto particular discrepante, según el cual debía haberse dado la razón a los inmigrantes recurrentes, revocar la decisión del delegado del Gobierno e instar a la Administración a otorgar un plazo a los extranjeros para que subsanarán la falta de acreditación del certificado de empadronamiento.
(SERVIMEDIA)
29 Nov 2006
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