EL TRIBUNAL DE LA UE SENTENCIA QUE TODOS LOS TRABAJDORES EUROPEOS TIENEN DERECHO A VACACIONES RETRIBUIDAS
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"El derecho a vacaciones anuales retribuidas es un derecho social otorgado directamente a todos los trabajadores por el derecho comunitario", según una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, que responde a una demanda interpuesta por un sindicato británico, en protesta por el incumplimiento del Derecho comunitario en su país.
El Tribunal dictamina que el Derecho comunitario se opone ala normativa británica que hace depender ese derecho de la realización de un período mínimo de trece semanas de empleo ininterrumpido con el mismo empresario.
Fue el sindicato británico BECTU (Broadcasting, Entertainment, Cinematographic and Theatre Union) quien impugnó esta normativa, ya que muchos de los trabajadores que representa están empleados con contratos de corta duración, a menudo inferiores a trece semanas con el mismo empresario, por lo que carecen del derecho a vacaciones anuales retribuias.
En la sentencia, el Tribunal de Justicia señala que la Directiva comunitaria establece las disposiciones mínimas de vida y de trabajo de los trabajadores, mediante una armonización de las disposiciones nacionales relativas, en particular, a la duración del tiempo de trabajo. Dicha armonización pretende garantizar una mejor protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores, haciendo que éstos disfruten de períodos mínimos de descanso y de períodos de pausa adecuados.
Además, declaraque todo trabajador de la UE debe poder beneficiarse, en su lugar de trabajo, de condiciones satisfactorias de protección de su salud y de su seguridad, y que tiene derecho, por consiguiente, a unas vacaciones anuales retribuidas.
En este sentido, la Directiva comunitaria establece que los trabajadores deberán disfrutar de un período anual de al menos cuatro semanas de vacaciones retribuidas, un principio del Derecho social comunitario de especial importancia, según el Tribunal, respecto al cual los Etados miembros no pueden establecer excepciones.
Si bien los Estados miembros poseen un cierto margen de maniobra para establecer en sus normativas internas los criterios prácticos de aplicación del derecho a vacaciones anuales retribuidas, no pueden, sin embargo, privar de este derecho a determinados trabajadores. Sin embargo, Reino Unido no es el único país que incumple el Derecho comunitario al respecto, ya que otros, como Bélgica, tampoco lo respetan.
(SERVIMEDIA)
27 Jun 2001
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