EL TRIBUNAL SUPREMO REBAJA DE 15 A 11 AÑOS DE CÁRCEL LA CONDENA DE UN NEONAZI QUE ASESINÓ A UN "OKUPA" EN BARCELONA
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado de 15 a 11 años de cárcel la condena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a Aitor Dávila Córdoba, el jovén neonazi que, el 15 de agosto de 2004, asesino en Barcelona al "okupa" Roger Albert Giné.
Dávila fue condenado el 21 de noviembre de 2006 a 11 años de cárcel por un Tribunal del Jurado constituido en la Audiencia Provincial de Barcelona, que le encontró culpable de un delito de homicidio.
Esta sentencia consideró probado que, entre las 2.00 y las 3.00 horas del día 15 de agosto de 2004, Dávila, un joven de ideología neonazi, clavó un cuchillo en el cuello de Roger Albert Giné, integrante del movimiento "okupa". Los hechos tuvieron lugar en el barrio de Gracia de Barcelona, a la altura del metro Fontana.
A consecuencia de la agresión, Giné cayó fulminado al suelo y tuvo que ser trasladado urgentemente al Hospital del Vall d´Hebrón de Barcelona donde ingresó con una herida en el cuello, "shock" hemorrágico y traumatismo craneoencefálico grave. Casi cuatro meses después de la agresión, el día 10 de diciembre de 2004, Giné murió a consecuencia de estas lesiones.
En cambio, la sentencia absolvió a Emilio Cortés Porrini, compañero de Dávila y también de ideología neonazi, al no estar probado que éste proporcionara el cuchillo al agresor para acabar con la vida de Giné.
REVISIÓN DE LA CONDENA
Tras la interposición de varios recursos, el TSJC revisó la sentencia y elevó de 11 a 15 años la condena impuesta a Dávila por el asesinato de Giné, por medio de una resolución dictada el 21 de noviembre de 2006.
Además, el TSJC estimó en parte el recurso presentado por la Fiscalía y ordenó la repetición del juicio contra Cortés "con la designación de un nuevo jurado y un nuevo magistrado presidente".
Por último, elevó la cuantía de las indemizaciones que debía pagar Dávila y le condenó a abonar a 60.000 euros a los padres de Giné y 30.000 euros a su hermano.
Dávila y Cortés recurrieron la sentencia del TSJC ante el Tribunal supremo por infracción de ley, infracción de precepto constitucional y quebrantamiento de forma.
Los magistrados de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, presididos por el juez Carlos Granados Pérez, han estimado parcialmente el recurso de casación y, además de confirmar la absolución de Cortés, han rebajado de 15 a 11 años de cárcel la pena impuesta a Dávila. Los magistrados tomaron esta decisión en base a "la inconsistencia" de los razonamientos utilizados por TSJC "para alcanzar una conclusión tan grave como la de la modificación de una pena impuesta por un Tribunal del Jurado", según se recoge en la sentencia hecha pública hoy.
(SERVIMEDIA)
31 Oct 2008
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