EL TRIBUNAL SUPREMO CONFIRMA LA CONDENA DE CUATRO AÑOS PARA OUBIÑA POR NARCOTRAFICO

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunl Supremo ha confirmado la sentencia por la que la Audiencia Nacional condenó al narcotraficante Laureano Oubiña a cuatro años y cuatro meses de prisión por un delito contra la salud pública, consistente en intentar exportar de España cerca de 6.000 kilos de hachís.

En una sentencia hecha pública hoy, el Supremo confirma también las penas que impuso por el mismo delito a los colaboradores de Oubiña: Juan Gras Llinares, Jacques Mathieu Canavaggio, Jordi Pascual Llorens y Gerardo Gayoso Martínez, aunqueabsuelve a María Yolanda Morillo.

El fallo explica que Oubiña y sus colaboradores "estaban integrados en un grupo más amplio que se dedicaba a la comercialización de hachís a gran escala en nuestro país".

Asimismo, señala que uno de los objetivos del grupo fue el intento de transportar desde España hasta Holanda 5.741,1 kilos de hachís, droga que fue interceptada por la policía el 21 de junio de 1997, tras controlar varias llamadas telefónicas y hacer un seguimiento de los implicados. Las comunicciones tenían como partida el teléfono móvil de Oubiña, según explica la sentencia.

El estupefaciente fue recogida por los acusados en La Coruña -cerca de la localidad de Muxia- y, tras varias órdenes telefónicas, que estaban siendo interceptadas por la policía, se supo que el hachís iba a ser enviado a Holanda.

La droga viajaba en un camión, escondida bajo un cargamento de palets "que se utilizaba para justificar el viaje". El vehículo, el cargamento y el coche de apoyo, en el que viajaban dos d los condenados, fue interceptado en el peaje de Martorell (Barcelona).

Para los magistrados del Tribunal Supremo, está probado que María Yolanda Morilla fue quien contrató con nombre supuesto los teléfonos móviles que fueron utilizados por el resto de los condenados y que inexplicablemente no denunció la desaparación de los aparatos teléfonicos que posterioremente aparecieron en poder de tres de los reos.

"Sin embargo, todo ello no permite construir una cadena indiciaria fiable de su conocimient del delito en el que se le atribuye participación", dice la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, es decir, que no está probado que la mujer supiese que participaba en un delito de drogas.

Con estos argumentos, el Supremo absuelve a María Yolanda Morillo de la complicidad en un delito contra la salud pública por el que fue condenada a un año y seis meses de prisión, así como a pagar una multa de 800.000 pesetas.

Los magistrados confirman el resto del fallo dictado en su día por la Sala de lo Peal de la Audiencia Nacional y por el que se condenó a Oubiña a cuatro años y cuatro meses de prisión, a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a una multa de 2.400 millones de pesetas.

La Audiencia Nacional impuso la misma pena, ahora confirmada, a Jordi Pascual Llorens y a Jacques Mathieu Canavaggio, mientras que Juan Gras Llinares y Gerardo Gayoso Martínez les castigó con cuatro años de prisión y una multa de 1.400 millones de pesetas cada uno

(SERVIMEDIA)
06 Jul 2001
VBR