EL TRIBUNAL SUPERIOR DE LA RIOJA SE SUMA AL DE BALEARES Y DECLARA NULA LA REGULACION DE HORARIOS COMERCIALES
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Esta es la segunda sentencia, tras la emitida recimientemente por el máximo órgano judicial de Baleares, en contra de dcha regulación y con el mismo argumento: no existen suficientes competencias para ordenar el comercio interior de la región.
Solamente Cataluña, Andalucía, Valencia y Galicia tienen la posibilidad de regular los horarios, pues le han sido transferidas la competencias de la Administración central, por lo que a juicio de Serrano Carvajal las dos sentencias mencionadas pueden ser el origen de una cascada de anulaciones de normas autonómicas.
Estas normas se aprobaron tras la aprobación en 1993 por e Ministerio de Comercio de un decreto que daba libertad a las comunidades autónomas para regular los horarios comerciales, con la única limitación de un mínimo de ocho aperturas en festivos y domingos.
La patronal Anged ha solicitado ya al Gobierno balear que no aplique la norma y los hipermercados puedan abrir todos los festivos. Serrano Carvajal, catedrático de Derecho Administrativo, indicó que si el Gobierno quiere darle competencias a estas comunidades, debe hacerlo por una ley.
El Gobierno alear, tras recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, ha pedido al Ministerio de Comercio un decreto que le autorice a regular los horarios hasta la aprobación de la nueva Ley de Comercio.
(SERVIMEDIA)
26 Jul 1995
L