EL TRIBUNAL SUPERIOR DE LA RIOJA SE SUMA AL DE BALEARES Y DECLARA NULA LA REGULACION DE HORARIOS COMERCIALES

MADRID
SERVIMEDIA

Esta es la segunda sentencia, tras la emitida recimientemente por el máximo órgano judicial de Baleares, en contra de dcha regulación y con el mismo argumento: no existen suficientes competencias para ordenar el comercio interior de la región.

Solamente Cataluña, Andalucía, Valencia y Galicia tienen la posibilidad de regular los horarios, pues le han sido transferidas la competencias de la Administración central, por lo que a juicio de Serrano Carvajal las dos sentencias mencionadas pueden ser el origen de una cascada de anulaciones de normas autonómicas.

Estas normas se aprobaron tras la aprobación en 1993 por e Ministerio de Comercio de un decreto que daba libertad a las comunidades autónomas para regular los horarios comerciales, con la única limitación de un mínimo de ocho aperturas en festivos y domingos.

La patronal Anged ha solicitado ya al Gobierno balear que no aplique la norma y los hipermercados puedan abrir todos los festivos. Serrano Carvajal, catedrático de Derecho Administrativo, indicó que si el Gobierno quiere darle competencias a estas comunidades, debe hacerlo por una ley.

El Gobierno alear, tras recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, ha pedido al Ministerio de Comercio un decreto que le autorice a regular los horarios hasta la aprobación de la nueva Ley de Comercio.

(SERVIMEDIA)
26 Jul 1995
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