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EL TRIBUNAL DE LUXEMBURGO SENTENCIA QUE LAS AEROLÍNEAS TIENEN QUE COMPENSAR A SUS PASAJEROS POR CANCELACIONES O RETRASOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de la UE rechazó hoy el recurso de varias organizaciones de compañías aéreas que pedían eliminar la compensación a los pasajeros en casos de cancelación de vuelos o retrasos.

En un comunicado, el Tribunal de Luxemburgo informó hoy de que las alegaciones de las compañías no se han tomado en consideración, con lo que el reglamento actual está vigente.

En virtud del reglamento, los pasajeros tienen derecho a atención (comida, alojamiento o teléfono) y a una compensación económica de entre 250 y 600 euros en caso de cancelación, retraso significativo o denegación del embarque, lo que intenta prevenir la práctica de la sobreventa de plazas.

La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), que agrupa a unas 270 compañías aéreas, y la Asociación de Aerolíneas Europeas de Bajo Coste (ELFAA) sostenían que la norma es "desproporcionada" y contraria a las normas internacionales para el transporte fijadas en el Convenio de Montreal.

El dictamen del Tribunal de Luxemburgo recuerda a las compañías que deberán cumplir el reglamento y compensar a sus clientes por esta cuestión.

(SERVIMEDIA)
10 Ene 2006
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