EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA ILEGALES LOS VIDEOS COMUNITARIOS
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Los videos comunitarios, fórmula muy extendida sobre todo en el sur de España, que ofrece una programación para abonados, carecen de legitimidad para emitir si utilizan el "dominio público", según una sentencia del Tribunal Constitucional, informaron fuentes de Canal+. Según la condena, emitida el pasado día 3, que está pendiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), esa modalidad de distribución audiovisual supone una "infracción grave" a la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones (LOT), que se presentará próximamente ante el Congreso para su aprobación.
Hasta que no se dicte una ley que regule el funcionamiento de las televisiones por cable, la actuación de los vídeos comunitarios que excedan el ámbito vecinal, no tiene un marco legal apopiado.
El ordenamiento jurídico español contempla, hasta ahora, sólo el modelo de televisión considerada como servicio público, ya sea pública o privada, y los vídeos comunitarios cuya cobertura esté reducida a una comunidad de propietarios o una manzana de edificios.
Hasta la fecha, las televisiones por cable se amparaban en una fórmula mixta, ya que utilizaban la distribución por abono (cable) y su ámbito era generalista, para una localidad entera, como servicio público.
Esta fórmula no etá respaldada por la Asociación Española de Distribuidores por Cable (AESDICA), que agrupa a veinte empresas del sector, que considera que los vídeos comunitarios, generalmente de baja calidad técnica, usurpan el nombre de televisión por cable al intentar reconvertirse en redes de teledistribución.
A LA ESPERA DE LA LOT
Los miembros de AESDICA, después de presentar al Ministerio de Obras Públicas y Transportes un "libro verde de las Telecomunicaciones", están a la espera de que se apruebe la LOT par iniciar sus transmisiones de forma habitual, y consideran sus actuales programas como una emisión en pruebas.
Por su parte, Canal+ se acoge a la consideración de televisión de servicio público y cobertura nacional, en las condiciones que estableción el Gobierno para la concesión de licencias a canales privados.
Aunque Canal+ emite programación codificada, para abonados, su distribución por ondas y no por cable y la dedicación de parte de sus espacios a emisión sin codificar, la integran en la caegoría de televisión privada.
(SERVIMEDIA)
17 Oct 1991
J