EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AMPARA A UNA TELEVISION POR CABLE CONDENADA A CERRAR Y PAGAR UNA MULTA DE UN MILLON DE PESETAS

MADRID
SERVIMEDIA

ElTribunal Constitucional (TC) dictó hoy una sentencia de amparo a la emisora Videza, de televisión por cable, que fue condenada por la Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes en diciembre de 1990 a cesar en su actividad y pagar una multa de un millón de pesetas por funcionamiento ilegal.

La condena se basaba en que Videza había iniciado sus emisiones con carácter de vídeo comunitario, fundamentándose en el derecho a difundir información líbremente (previsto e el artículo 20 de la Constitución), pero al extender su cobertura a un área superior a una manzana de edificios requería una concesión del Estado.

La sentencia del TC, que rechaza las condenatorias que habían recibido los recursos presentados por la empresa de televisión por cable, establece que, dado que no existe aún una normativa que regule la concesión de licencias para este tipo de empresas, no hay motivo para condenar a quien carezca de ella.

Para ello, se basa en la defensa de la libertadde expresión y comunicación y señala que "lo que no puede hacer el legislador es diferir 'sine die', más allá de todo tiempo razonable y sin que existan razones que justifiquen la demora, la regulación de una actividad como esta de la televisión por cable".

La decisión del Alto Tribunal anula todas las anteriores sentencias condenatorias por las que había pasado el trámite de la imposición de cierre. El mismo resultado se ha producido con anteriores condenas a otras empresas de televisión por cable, qe el TC ha amparado haciendo prevalecer el derecho a comunicar y apuntando el estado de alegalidad en que se encuentran.

(SERVIMEDIA)
21 Nov 1994
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