EL TRIBUNAL DE LA COMPETENCIA MULTA A 17 COLEGIOS DE MEDICOS POR COBRAR U SOBREPRECIO EN SUS CERTIFICADOS OFICIALES DESDE 1997

-Valencia llegó a cobrar 4.000 pesetas por un certificado de tercera clase cuyo precio oficial es de 464 pesetas

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha decidido imponer a 17 colegios de médicos una multa de 12.000 millones de euros a cada uno de ellos por cobrar un precio superior en los certificados médicos al establecido por la Organización Médica Colegial (OMC). Según la resolución, a la que tuvo acceso Servimedia, los colegios afectados son los siguientes: Baleares, Cantabria, Gerona, Cádiz, Huelva, Castellón, Alicante, Ciudad Real, Córdoba, Las Palmas, Orense, Salamanca, Sevilla, Valencia, Valladolid, Zamora y Zaragoza. En el caso de Gerona, la multa se reduce a 6.010 euros, porque corrigió esta irregularidad en 1999.

Los precios de los certificados médicos se rigen por el acuerdo de la OMC de 13 de diciembre de 1997, que establecía que dicha tasa sólo ebe cubrir el coste de la edición y distribución del impreso. Los precios vigentes van desde 348 pesetas, para certificados ordinarios de primera clase, a 464 pesetas para los certificados de defunción.

En sus respectivas provincias, los colegios sancionados incorporaron al impreso oficial de la OMC un "taloncillo" o sobreimprimieron en el mismo un precio superior al vigente. Por este sistema cobraron por alguno de estos certificados desde 500 hasta 4.000 pesetas, como sucedió en Valencia por certificdos de tercera clase (con un precio oficial de 464 pesetas).

En la mayor parte de las ocasiones justificaron el "taloncillo" como pago de honorarios médicos mínimos, por reconocimiento o actuación, establecidos por el propio colegio.

El Tribunal insta a las organizaciones afectadas a que cesen en el cobro del sobreprecio y les ordena que comuniquen a sus colegiados esta resolución en el plazo de tres meses desde la notificación, que se les hizo llegar ayer.

Ante esta decisión no cabe recursoadministrativo alguno, aunque se puede interponer contra la misma un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

(SERVIMEDIA)
18 Oct 2002
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