EL TRIBUNAL DE LA COMPETENCIA IMPONE UNA MULTA DE 50 MILLONES A REPSOL BUTANO
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El Tribunal de Defensa de la Competencia ha impuesto una multa de 50 millones de pesetas a Repsol Butano por abusar de su posición de dominio en el mercado, al imponer cláusulas abusivas a sus agncias distribuidoras, según una resolución a la que tuvo acceso Servimedia.
La resolución señala que, en el contrato que une a Repsol Butano con sus distribuidores, hay dos cláusulas que "implican una injustificada restricción de la competencia".
La primera establece que "la agencia distribuidora se compromete y obliga a vender los aparatos, equipos y/o elementos que le sean entregados por Butano, Sociedad Anónima, a los precios fijados por ésta".
La segunda específica que determinados serviios de asistencia técnica a los usuarios sólo podrán ser realizados por las agencias distribuidoras "previa aprobación por Repsol Butano de las tarifas correspondientes".
Según el Tribunal de Defensa de la Competencia, con esa cláusula la empresa pública "está limitando injustificadamente la libertad empresarial del distribuidor, que debe desplegarse sin trabas cuando se trata de prestar a los usuarios servicios propios, no contemplados en el contrato de suministro".
Haciendo uso de dicha cláusul, Repsol Butano prohibió a los distribuidoras la venta por cuenta propia de los tubos flexibles que unen las bombonas de butano con el aparato quemador, imponiendo los suyos.
La importancia de este aspecto del negocio de Repsol Butano se pone de manifiesto en la estimación del Tribunal de Defensa de la Competencia, que cifra en "más de 1.000 millones de pesetas el volumen de las mercancías y servicios objeto de la práctica prohibida", sólo entre 1987 y 1988.
MONOPOLIO DE 12 MILLONES
Para gradua la cuantía de la multa, de 50 millones de pesetas, el tribunal ha considerado que el monopolio de Repsol Butano comprende toda península y las Baleares y que el número de usuarios excede los 12 millones.
También ha tenido en cuenta que la puesta en práctica de las cláusulas abusivas comenzó antes de 1987 y "el carácter de elemento necesario para la utilización del gas envasado que tiene el tubo flexible".
El expediente que concluyó con la imposición de esta multa es consecuencia de una denuncia nterpuesta por la empresa instaladora "Tubogas", que también acusaba a los distribuidores de Repsol de participar en un concierto doloso con Repsol para impedir la libre competencia en la colocación de los tubos de conexión.
El tribunal, por el contrario, exime a estas últimas de toda responsabilidad y señala que el contrato de Agencia de Distribución es redactado unilateralmente por Repsol Butano, "que no admite discusión de las cláusulas impresas. Los distribuidores han de aceptarlas íntegramente -cmo lo han hecho constar- si quieren que Repsol Butano, Sociedad Anónima, contrate con ellos".
(SERVIMEDIA)
01 Jun 1991
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