EL TRIBUNAL DE LA COMPETENCIA AVALA LA FACULTAD DE LOS AYUNTAMIENTOS PARA OTORGAR LAS LICENCIAS DE VENTA AMBULANTE
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El Tribunal de Defensa de la Competencia ha dado su aval a la potestad de los ayuntamientos para decidir a quien otorgan las licencias para ejercer la venta ambulante, en una resolución dictada el pasado 1 de abril a la que tuvo acceso Servimedia
La resolución rechaza una denuncia interpuesta por un particular que denunció a once ayuntamientos a los que acusaba de favorecer situaciones de competencia desleal al negarle la licencia para ejercer como vendedor ambulante de productos alimenticios.
Los ayuntamientos denunciados eran los de Fuentebrrabía, Irún, San Sebastián, Azpeitia, Guetaria, Pasajes Ancho, Alegia, Ondárroa, Bilbao, Vitoria y La Coruña.
El tribunal señala que la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local atribuye a los auntamientos la competencia en materia de ferias y mercados, y les otorga la facultad de regular estas actividades mediante la concesión de licencias previas.
La resolución aclara que "el sistema de venta que pretende desarrollar el recurrente es eficiente y adecuado a la época y, por tanto, no debe ser menoscabado en función de los intereses de los comerciantes de la localidad o de los que tradicionalmente vienen realizando esporádicamente ventas no sedentarias en la misma".
Sin embargo, estima qe "las decisiones o acuerdos de las corporaciones locales sobre concesión o denegación de tales licencias o autorizaciones constituyen actos administrativos sujetos a normas de derecho público, sin que pueda considerarse que, en su ejercicio, los Ayuntamientos asumen un papel de operador económico".
En consecuencia, esas resoluciones municipales no son impugnables ante el Tribunal de Defensa de la Competencia, aunque "en cuanto están sujetas al Derecho Administrativo, pueden ser recurridas por los intresados que se consideren perjudicados, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, una vez agotados los recursos administrativos".
(SERVIMEDIA)
27 Mayo 1996
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