EL TRIBUNAL DE LA COMPETENCIA ANULA UNA MULTA DE 700 MILLONES A EMPRESAS INTERMEDIARIAS DE LA EXPORTACION
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El Tribunal de Defensa de la Competencia ha anulado un expediente sancionador por el que impuso 699,1 millones de pesetas en multas a 93 empresas dedicadas a organizar las exportaciones e importaciones de mercancías y a su patronal en el ámbito de Madrid, ATEIA, según una resolución a la que tuvo acceso Servimedia.
La resolución anulatoria, fechada el pasado 5 d octubre, revoca otra dictada en febrero del 93, en la que se consideraba probado que la patronal Asociación de Transitarios, Expedidores Internacionales y Asimilados (ATEIA) y las empresas asociadas pactaron la imposición de tarifas mínimas a sus clientes y constituyeron irregularmente un regitro de morosos para controlar a las compañías que no les pagaban.
Ahora el tribunal, ante los recursos presentados por las empresas sancionadas, suspende esa resolución, sin entrar en el fondo de las acusaciones por entender que en la tramitación del expediente no se respetaron los plazos de prescripción de los procedimientos administrativos sancionadores.
El Tribunal de Defensa de la Competencia da así marcha atrás en el expediente sancionador más duro de su historia, dado que los defectos de procedimiento con que se llevó adelante exigen su anulación "a radice", según la resolución.
SATISFACCION DE LOS SANCIONADOS
Un portavoz de ATEIA manifestó a Servimedia su satisfacción por la nueva resolución de tribunal y recalcó que las empresas nunca pactaron precios, sino que existieron sólo tarifas de referencia "perfectamente legales" de las que resultaban, en la práctica, la aplicación de precios dispares.
El negocio de las empresas cuya sanción se revoca consiste en contratar con las compañías que desean comerciar a nivel internacional, encargándose del transporte de las mercancías y de realizar el "papeleo" en las aduanas.
La actuación ilegal se había producido, según el primer fallo del tribunl, al ponerse de acuerdo para limitar la competencia entre ellas, mediante la fijación de tarifas mínimas y la creación de un registro para evitar la contratación con clientes morosos.
El tribunal estimó probado que el acuerdo de tarifas entró en vigor en 1988, tras sendas reuniones de los asociados, y que ATEIA lo difundió mediante un folleto en el que subrayaba su carácter obligatorio y se advertía que el incumplimiento sería considerado falta grave, con arreglo al reglamento de régimen interior de a asociación.
Además, según ese fallo, ATEIA intentó interferir en la investigación realizada por este organismo, al envíar una circular a sus asociados "cuyo objetivo consistía en probar la no aplicación por las empresas de las citadas tarifas mínimas", mediante el suministro de una muestra manipulada de facturas.
En cuanto al registro de morosos, el tribunal señaló que el de ATEIA no se ajustaba a las reglas fijadas por su jurisprudencia: que cuente con permiso previo, que la adhesión al mismo ea voluntaria y que no implique la prohibición colectiva de contratar con las empresas incluidas en él.
La resolución impuso una multa de 100 millones de pesetas a ATEIA y sanciones a las empresas asociadas que oscilaron entre las 25.000 pesetas a "Sit Transportes Internacionales" y los 67 millones de "Transportes Internacionales Muñoz y Cabrero".
Eso le convirtió en el expediente sancionador más duro de la historia de este organismo dependiente del Ministerio de Economía. Hasta entonces, la más levada, de 355 millones, recayó en 1990 sobre la Asociación Nacional de Pollos, la Asociación Española de Mataderos Industriales de Aves y más de 40 empresas del sector, por limitar la producción y pactar elevaciones de precios.
(SERVIMEDIA)
25 Oct 1993
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