TRAFICO PROHIBE LOS DEPORTES DE CARRETERA Y LA CIRCULACION DE VEHICULOS PESADOS Y CONVOYES MILITARES EN LAS OPERACIONES SALIDA

MADRID
SERVIMEDIA

La Dirección General de Tráfico prohibirá la circulación rodada de camiones de mercancías de alta capaciad, convoyes militares y vehículos que transporten cargas peligrosas, así como la realización de pruebas deportivas en carretera, durante las grandes operaciones de vacaciones de Semana Santa, el verano y los puentes de la Hispanidad y de la Constitución.

Una resolución que publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE) establece que las restricciones a la circulación de este tipo de vehículos afectará en primer lugar a todas las carreteras en la operación salida de Semana Santa, entre el 7 y el 9 deabril, y a la operación regreso de esta misma festividad, entre el 28 de abril y el 1 de mayo.

Para el verano, las restricciones al tráfico rodado se prolongarán, en una primera fase, entre el 30 de junio y el 2 de julio, y entre el 31 de julio y el 1 de agosto. En la segunda fase del verano, habrá también restricciones entre el 14 y el 16 de agosto, y entre el 31 de agosto y el 1 de setiembre.

Finalmente, las mismas medidas se aplicarán para el "puente" de la Hispanidad, entre el 11 y el 12 de otubre, y para el "puente" de la Constitución y La Inmaculada, entre el 5 y el 10 de diciembre.

Las restricciones afectan a las pruebas deportivas que discurran por vías públicas interurbanas, a vehículos especiales como tractores, cosechadoras y motocultores, a vehículos que transporten mercancías peligrosas, a camiones pesados de más de 7.500 kilos de peso máximo autorizado (PMA) y a convoyes militares.

La resolución indica que, "cuando por razones de interés de la defensa nacional deban efectuase transportes especiales, en fechas con restricciones a su circulación, las autoridades militares cursarán la oportuna petición a las Jefaturas Provinciales de Tráfico, dando éstas respuesta a dicha petición por el procedimiento de urgencia".

En caso de incumplimiento de esta resolución, se aplicarán las sanciones previstas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, incluyendo la immovilización del vehículo infractor fuera de la vía.

(SERVIMEDIA)
28 Feb 1995
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