EL TRAFICO DE DROGAS NO PUEDE CASTIGARSE TAMBIEN COMO CONTRABANDO, SEGUN EL SUPREMO
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La Sala delo Penal del Tribunal Supremo niega que se pueda imputar el delito de contrabando cuando también se aplica el de tráfico de drogas, según se recoge en una sentencia que crea jurisprudencia, a la que ha tenido acceso Servimedia.
En la sentencia, el Alto Tribunal da la razón al ciudadano italiano Alessandro Gasperi quien, tras ser condenado por un delito de tráfico de drogas y otro de contrabando, apeló al Supremo alegando que un delito debería ser absorbido por el otro.
El Supremo considera que, d acuerdo con el nuevo Código Penal de 1995, la pena contemplada actualmente para el tráfico de drogas es más elevada que la prevista en el anterior código y que es preciso tener en cuenta que con la nueva legislación, la condena podría dispararse hasta los 12 años si se aplican los delitos de tráfico de drogas y contrabando. Esta pena es considerada como "excesiva" y "sumamente grave", ya que se iguala a la del homicidio.
Así, establece que la relación entre tráfico de drogas y contrabando debe ser reulada de acuerdo con el artículo 8.3 del vigente Código Penal, según la cual "el precepto penal más amplio o complejo absorberá a los que castiguen las infracciones consumidas en aquel".
(SERVIMEDIA)
15 Dic 1997
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