TRABAJO EVALUARÁ CADA SEIS MESES LA EVOLUCIÓN DE LAS NUEVAS MEDIDAS CONTRA EL PARO
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El Ministerio de Trabajo e Inmigración evaluará cada seis meses las nuevas medidas aprobadas hoy por el Consejo de Ministros para afrontar el incremento del desempleo.
En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó que la valoración económica de estas nuevas medidas es de 1.577 millones de euros, aunque apuntó que algunas de estas partidas se proyectarán presupuestariamente a otros ejercicios.
Se trata de un conjunto de seis medidas que el Consejo de Ministros ha aprobado dentro de un Real Decreto Ley "para el mantenimiento del empleo y la protección de las personas desempleadas".
El Ejecutivo afirma que estas medidas han sido "valoradas por el Gobierno y los interlocutores sociales", aunque patronales y sindicatos han mostrado sus discrepancias con algunas de las iniciativas.
Cinco de estas seis medidas se recogen en los tres capítulos del Real Decreto Ley: medidas para el mantenimiento del empleo, medidas de protección a las personas desempleadas y medidas para el fomento del empleo. A ellas hay que añadir una sexta iniciativa, el reforzamiento de los Servicios Públicos de Empleo, que, siendo fruto también de la concertación social, no se incluye en el articulado porque no requiere modificaciones legislativas para su aplicación.
Por un lado, el Ejecutivo aprueba una serie de medidas que afectan a los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), como la reposición de las prestaciones de los afectados por un ERE temporal y que posteriormente pierdan su trabajo, hasta un máximo de 120 días.
Asimismo, el real decreto incluye la bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social en los casos de trabajadores afectados por ERE temporales, con el objetivo de favorecer este tipo de expedientes frente a los que suponen la extinción definitiva de los contratos.
De esta forma, cuando una empresa suspenda los contratos o reduzca temporalmente la jornada de trabajo, tendrá derecho a una bonificación del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social, con un límite máximo de 240 días.
En esta línea, se mantendrán vigentes los convenios con la Seguridad Social derivados de un ERE para quienes compatibilicen esta situación de paro con alguna otra actividad económica.
El real decreto incorpora también la aplicación de condiciones especiales de aplazamiento para el pago de cuotas a la Seguridad Social para empresas que atraviesen momentos de dificultad económica, con el objetivo de que ninguna compañía viable y solvente cierre por no poder hacer frente a pagos a la Seguridad Social.
Por otro lado, se bonificará a las empresas que contraten a desempleados en el 100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social de ese trabajador, hasta alcanzar el importe de la prestación por paro que todavía le quedaba por percibir al empleado.
No obstante, el Ejecutivo aclara que el trabajador objeto de esta medida debe de llevar, al menos, tres meses en situación de desempleo. Además, el contrato que se firme debe de ser indefinido y el empleo debe de mantenerse un mínimo de un año.
Asimismo, se incrementa la cuantía de las bonificaciones a los contratos a tiempo parcial, siendo el porcentaje de bonificación de un 30% más que la jornada pactada, sin que en ningún caso la bonificación pueda superar el 100%.
(SERVIMEDIA)
06 Mar 2009
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