LOS TOROS PODRÁN SER INDULTADOS EN TODAS LAS PLAZAS CON EL NUEVO REGLAMENTO TAURINO
- Los aficionados también podrán ser presidentes de una corrida
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Las reses lidiadas en corridas de toros y novilladas con picadores podrán ser indultadas en las 119 plazas permanentes de la comunidad autónoma de Andalucía, mientras que hasta ahora esta prerrogativa sólo se aplicaba en 11 cosos, los de primera y segunda categoría.
Esta es una de las principales novedades que introduce el Reglamento Taurino de Andalucía, aprobado hoy por el Consejo de Gobierno andaluz.
El indulto supone el máximo reconocimiento para el toro, que es devuelto a los corrales y posteriormente a su ganadería, donde se le destina a la reproducción para preservar la raza. Lo otorga el presidente de la plaza exclusivamente en corridas de toros y novilladas, a petición de la mayoría del público, del ganadero y del diestro.
La nueva norma actualiza la legislación estatal vigente desde 1996, haciéndola más flexible y menos intervencionista en aspectos como la regulación de los tipos de espectáculos y la presidencia de los festejos.
En comparación con la normativa estatal, según informó la Junta, el reglamento andaluz define con "mayor claridad" las condiciones asignadas a los distintos tipos de plazas (permanentes, no permanentes, portátiles y de esparcimiento), además de reforzar los requisitos sanitarios y de instalaciones médicas.
En este sentido, se exige la presencia de una UVI móvil, que deberá estar homologada por la Junta de Andalucía, y se prohíbe "explícita y taxativamente" iniciar cualquier espectáculo taurino sin la presencia de los médicos y ambulancias.
Respecto a las plazas permanentes, la principal novedad es la incorporación de La Malagueta de Málaga en el grupo de la 1ª categoría, en el que también se integran La Maestranza de Sevilla y Los Califas de Córdoba. Como plazas de 2ª categoría se consideran las de Almería, Algeciras, El Puerto de Santa María, Jerez de la Frontera, Granada, Huelva, Jaén y Linares, mientras que las restantes se encuadran en la 3ª categoría.
AFICIONADOS PRESIDENTES
La nueva normativa refuerza también tanto la figura del aficionado como la del torero. Se modifica así la regulación de la Presidencia de las plazas para hacer posible que cualquier aficionado ocupe este cargo, hasta ahora reservado a funcionarios de la escala superior y mandos de la Policía Nacional en las capitales de provincia y a alcaldes y concejales en el resto de los municipios.
La única limitación que se establece ahora es la de no tener intereses directos en la fiesta.
Por otra parte, la nueva reglamentación introduce relevantes modificaciones en la suerte de varas, al reducir tanto las dimensiones de la puya como el peto protector de los caballos y el peso de estos animales, que disminuye en 50 kilos para hacer el conjunto más proporcional al toro.
El número e intensidad de los puyazos se dejan a decisión del matador, aunque en las plazas de 1º categoría se establece un mínimo de dos entradas al caballo. En la suerte suprema también se modifican los tiempos para primar la rápida muerte del animal, de forma que la faena dure aproximadamente 10 minutos, contando los tres avisos a partir de la entrada a matar.
TOROS AFEITADOS
Al igual que en la normativa estatal, el reglamento taurino de Andalucía responsabiliza al ganadero de la integridad de las reses y de que los toros no estén "afeitados" hasta que se celebra la corrida.
La diferencia es que, cuando haya sospecha de manipulación de astas, el festejo podrá llevarse a cabo bajo su responsabilidad y con la condición de que posteriormente se hagan las comprobaciones oportunas.
Por su parte, los análisis de sangre y orina de reses y caballos si se aprecian comportamientos extraños durante la lidia se podrán realizar a instancias del torero y de la empresa organizadora del festejo. Anteriormente, esta potestad quedaba reservada sólo a los veterinarios.
(SERVIMEDIA)
21 Mar 2006
L