EL TOPE MAXIMO DEL SEGURO DE PARO SERA DE 171.017 PESETAS AL MES EN 1997 Y EL MINIMO DE 58.300 PESETAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Inem fijará para el año 1997 el tope máximo a cobrar como prestación contributiva de desempleo en 171.017 pesetas mensuales, mientras que el mínimo quedará establecido en 58.300 pesetas, para mayores de 18 años en ambos casos.

Esto supone un incremento del 2,6% en relación con los topes máximo y mínimo fijados para 1996, lo que se corresponde con el aumento aprobado para el salario mínimo interprofesional (SMI) para 1997, que es el que sirve de bareo para calcular el importe del seguro de paro.

La normativa actual establece que el mínimo mensual que tendrá derecho a cobrar un parado, en el caso de los mayores de 18 años sin hijos, es el equivalente al 75% del SMI incrementado en un sexto (por la parte proporcional de las pagas extraordinarias), con lo que se situará en 1997 en 58.300 pesetas.

Los parados mayores de 18 años que tengan, al menos, un hijo a su cargo percibirán como mínimo el cien por cien del SMI más un sexto por el prorrateo e las pagas extras, lo que elevará el tope mínimo de la prestación a 77.735 pesetas al mes.

En cuanto a los topes máximos de la prestación por desempleo, está en función del número de hijos a cargo del beneficiario. Así, los que no tienen hijos percibirán un máximo del 170% del SMI incrementado también en un sexto, lo que representa una cantidad de 132.149 pesetas mensuales.

Los que tengan un hijo menor de 26 años a su cargo cobrarán una prestación máxima equivalente al 195% del SMI más el mismo rorrateo de las pagas extras, es decir, 151.582 pesetas al mes; mientras que tengan dos o más hijos percibirán el 220% del SMI incrementado en un sexto (171.017 pesetas).

MENORES DE 18 AÑOS

Para los menores de 18 años, tanto el tope máximo para la prestación por desempleo como el mínimo son inferiores. Para este colectivo, el mínimo queda fijado en 1997 en 51.738 pesetas al mes (para quienes no tengan hijos a su cargo) y el máximo en 151.767 pesetas.

Estos son los topes máximos y mínimos para ls parados menores de 18 años, pero dentro de este colectivo, al igual que en el de mayores de esa edad, hay prestaciones de cuantías intermedias dependiendo de las distintas situaciones de los beneficiarios (con hijos y sin hijos y en función del número de hijos).

La cuantía de las prestaciones contributivas por desempleo que percibirán los menores de 18 años el próximo año es un 17,7% superior a la de 1996, ya que el Gobierno ha decidido incrementar el SMI en ese porcentaje, con el fin de equipararloen 1998 al de los mayores de esa edad, cumpliendo el compromiso que adquirió el anterior Ejecutivo con los sindicatos.

Todas estas cantidades funcionan como topes máximos y mínimos que no pueden rebasarse en el caso de que así ocurra al calcular la prestación a la que se tiene derecho, que es el 70% del salario mensual promedio ganado durante el semestre anterior a la situación de paro.

(SERVIMEDIA)
29 Dic 1996
NLV