TELEMADRID NO EMITIRA PUBLICIDAD DE BEBIDAS ALCOHOLICAS ANTES DE LAS 8,30 DE LA TARDE
- Las vallas publicitarias de estos productos deberán estar a más de 125 metros de centros escolares
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, Telemadrid, publicitarios y anunciantes firmaron hoy un acuerdo para fomentar la autorregulación de la publicidad de bebidas alcohólicas en la región.
El convenio fue suscrito por la viceconsejera de Ordenación Sanitaria, Salud Pública y Consumo, María Inés López Ibor, en nombre de la Agencia Antidroga, y representantes de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol), la televisión autonómica, la Asociación Española de Publicidad Exterior (AEPE), la Asociación General de Empresas de Publicidad (AGEP) y la Asociación Española de Anunciantes (AEA).
La tercera cláusula del convenio, que compromete de forma especial a Telemadrid, indica que no podrá emitirse en televisión, en la franja horaria de 7,00 a 20,30 horas, publicidad de bebidas alcohólicas con graduación igual o inferior a 20 grados.
La Ley 5/2002 de Drogodependencias y Otros Trastornos Adictivos recoge esta prohibición para bebidas de graduación superior a los 20 grados, por lo que Telemadrid va más allá de lo que obliga la ley, con el fin de proteger a los menores frente al consumo de alcohol.
El objetivo prioritario del convenio es aumentar las limitaciones a la publicidad de bebidas alcohólicas recogidas en la Ley de Drogodependencias, mediante la creación de unas normas de autorregulación para el sector publicitario.
Las negociaciones para la firma del convenio se han llevado a cabo, durante varios meses, entre la Agencia Antidroga y la entidad Autocontrol, organismo de autorregulación publicitario.
NUEVAS LIMITACIONES
Las principales aportaciones del acuerdo se refieren a nuevas limitaciones, más restrictivas que las que contempla la ley, en el ámbito de publicidad de bebidas alcohólicas en publicidad exterior y televisión, así como en cuanto a la utilización de imágenes de jóvenes en esta publicidad.
Así, la segunda cláusula del convenio indica que, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, ninguna valla publicitaria de bebidas alcohólicas podrá tener un tamaño superior 10 x 12,5 metros o superficie equivalente. Tampoco podrá estar ubicada a una distincia inferior a 125 metros de las puertas de centros de enseñanza infantil, primaria y secundaria.
Otro punto fundamental del acuerdo se recoge en la cuarta cláusula, según la cual la publicidad de bebidas alcohólicas en la Comunidad de Madrid no podrá mostrar a personas menores de 23 años. El objetivo de esta medida es reforzar la prohibición de que los anuncios de bebidas alcohólicas se dirijan a menores de 18 años, recogida en el artículo 27 de la citada ley.
El convenio incluye otras cláusulas que establecen líneas de colaboración, cooperación e información entre las entidades que suscriben el acuerdo y abren nuevos canales de reclamaciones contra la publicidad ilícita.
Se establece un periodo transitorio de tres meses para que empresas de publicidad y anunciantes adecuen su actividad a esta nueva norma de autorregulación.
(SERVIMEDIA)
01 Abr 2005
CAA