MALOS TRATOS

EL TC AVALA LA CONSTITUCIONALIDAD DEL CÓDIGO PENAL EN EL TRATAMIENTO DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional ha dictado un auto en el que avala el artículo 153 del Código Penal que castiga como delito y no como falta el maltrato que se registra en el ámbito familiar y ha rechazado por "notoriamente infundada" una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal número 12 de Valencia, contra ese precepto.

La ley integral contra la violencia de género modificó ese artículo el año pasado para agravar las penas en el caso de que el agresor sea la pareja o ex pareja de la mujer.

El juez que presentó el recurso adujo que podría haber una posible contradicción con el principio de legalidad y proporcionalidad de la sanción penal, al castigar con más fuerza (al hombre) una conducta según quien fuera el sujeto pasivo.

El Tribunal Constitucional, en el auto que acaba de dictar, defiende la legalidad de ese artículo al recordar el "problema social de primera magnitud" que representa la violencia doméstica en España y "la relevancia social y la entidad constitucional de los bienes jurídicos" que protege.

(SERVIMEDIA)
19 Sep 2005
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