EL SUPREMO SENTENCIA QUE LOS RADIOLOGOS DEBEN TENER 'CERTIFICADO NUCLEAR' Y ESTAR ESPECIALIZADOS
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El personal sanitario encargado de hacer radiografías debe tener un certificado del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y el título de enfermero o ATS especializado, según una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
Esta sentencia establece que para garantizar la seguridad de los pacientes y de los propios profesionales, estos últimos deben contar con el certificado del CSN y con la titulación de Ayudante Técico Sanitario (ATS) o enfermero en la especialidad crrespondiente, Radiología y Electrología o Cuidados Especiales.
Este fallo se produce después de que CCOO presentase una denuncia contra el Departamento de Justicia del Gobierno catalán para evitar que enfermeros de los servicios penitenciarios de esta comunidad se encargasen de realizar Rayos X sin contar con esta especialidad, aunque poseían el certificado del CSN.
En este sentido, el Supremo indica que tanto la normativa española como la europea exigen que el personal encargado de los Rayos X uente con una "formación teórica y práctica adecuada para el desempeño de las prácticas radiológicas, así como la competencia pertinente en protección radiológica", lo que se traduce en la necesidad de contar con una doble titulación.
El Alto Tribunal condena al Gobierno catalán a no ordenar la realización de radiografías a los profesionales que no cuenten con el título de Radiología y Electrología o de Enfermería de Cuidados Especiales, con lo que anula una sentencia dictada por el Tribunal Superior e Justicia de Cataluña, que desestimaba la demanda de la central sindical.
(SERVIMEDIA)
06 Feb 2000
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