SOMALIA

EL SUPREMO RESTABLECE DERECHOS ECONÓMICOS PARA LAS FAMILIAS NUMEROSAS EN TRANSPORTE Y EDUCACIÓN

- Anula parte del reglamento que desarrolla la Ley de Familias Numerosas de 2003

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha anulado parte del reglamento que desarrolla la Ley de Familias Numerosas de 2003, con lo que da la razón a la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN), que impugnó el texto por considerar que contenía artículos que mermaban beneficios económicos de estas familias relativos al transporte y a la educación y que ahora quedan restablecidos.

Con la sentencia aprobada por el Supremo la semana pasada, las familias numerosas podrán acumular los descuentos a los que tienen derecho en el transporte por carretera y ferrocarril por su condición de numerosas a otros como los de ida y vuelta, según explicó en rueda de prensa la presidenta de la FEFN, Eva Holgado.

Holgado, que calificó la sentencia de "histórica", subrayó que la Ley de Familias Numerosas establece en su disposición adicional segunda que los descuentos a los que tienen derecho estas familias en el transporte por carretera y ferrocarril son compatibles con los fijados por las compañías de transporte.

Sin embargo, continuó la presidenta de la FEFN, el reglamento que desarrolla esta ley afirma en sus artículos 10 y 11 que las bonificaciones aplicables a las familias numerosas en el transporte no son acumulables a otras fijadas por las propias empresas de viajes.

Una vez que los puntos que el Supremo ha considerado "nulos de pleno derecho" (7.2, 10.2 y 11.3) se eliminen del reglamento y se publique la modificación del texto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las familias numerosas podrán acumular el descuento al que tienen derecho por su condición de numerosas al viajar en tren al descuento aplicable para los viajes de ida y vuelta, por ejemplo, en este medio de transporte, agregó Holgado.

EDUCACIÓN

El otro aspecto en el que la sentencia del Tribunal Supremo beneficiará a las familias numerosas es el educativo, según especificó su presidenta.

Aunque la ley dice que estas familias pueden obtener descuentos o ayudas económicas para la Educación Infantil, Primaria y Secundaria de sus hijos, el reglamento que la desarrolla establece que las ayudas se concederán sólo si la formación se hace en centros subvencionados con fondos públicos.

Puesto que la sentencia del Supremo considera nulo de pleno derecho el punto 2 del artículo 7 de este reglamento, donde se especifica que las ayudas se otorgarán sólo si los estudios se cursan en centros financiados con fondos públicos, las familias podrán beneficiarse también de subvenciones o becas si sus hijos estudian en centros privados.

La presidenta de las familias numerosas españolas se mostró muy satisfecha con la sentencia del TS y reiteró que es "histórica", ya que además de restablecer derechos perdidos con el reglamento, da "ideas" a las familias para que soliciten otras ayudas económicas para, por ejemplo, el transporte urbano, competencia de los municipios o de las comunidades autónomas.

(SERVIMEDIA)
28 Abr 2008
CAA