EL SUPREMO REDUCE LA PENA A UN "CAMELLO" REINCIDENTE PORQUE TRAFICABA PARA SUFRAGR SU ADICCION
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que reduce en 18 meses la pena de cuatro años y medio de cárcel a la que fue condenado un 'camello' reincidente. Los magistrados argumentan que el reo traficaba para sufragar su adicción a las drogas.
Los hechos que han dado lugar a la sentencia se produjeron en Laviana (Oviedo) el 18 de noviembre de 1997, cuando Ramiro P. C. vendió marihuana por 500 pesetas a un menor, quien al día sguiente consumió el estupefaciente con una amiga. La joven tuvo que ser atendida médicamente tras tomar la droga.
Ramiro P.C., quien fue detenido al día siguiente con 1,90 gramos de marihuana y solía venderla frente al Instituto Juan José Calvo Miguel, había sido condenado en tres ocasiones anteriores a los hechos por sendos delitos contra la salud pública.
La Audiencia Provincial de Oviedo consideró que los hechos descritos eran constitutivos de otro delito contra la salud pública con la agravane de reincidencia, por lo que condenó a Ramiro P. C. a cuatro años y medio de prisión y a 2.400 pesetas de multa. Sin embargo, el Tribunal Supremo rebaja en un año y medio la pena impuesta.
Para el Alto Tribunal, el reo fue condenado por pequeño tráfico, habida cuenta de la pequeña cantidad de droga que se le incautó, lo que "evidencia la relación causal entre la grave adicción y el delito cometido, que es utilizado como mecanismo para subvenir a las necesidades de la adicción".
Los magistrados agumentan además que "el adicto a sustancias estupefacientes que causan grave daño a la salud, de larga duración, por el hecho de padecerla, ya presenta unas graves alteraciones psíquicas, en la medida en que esa adicción genera una actuación delictiva que se realiza sobre una concreta dinámica comisiva".
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo recuerda que el condenado llevaba diez años adicto al hachís, la heronína y la cocaína y que había intentado desintoxicarse sin éxito. Es decir, el reo padece na adicción grave que daña y deteriora sus facultades psíquicas.
(SERVIMEDIA)
03 Mar 2001
VBR