EL SUPREMO RECONOCE A COAG EL MISMO RANGO REPRESENTATIVO QUE A LA PATRONAL AGRARIA DE LA CEOE ANTE LA ADMINISTRACION

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reconocido a la Coordinadora de Organizaciones Agrarias y Ganaderas (COAG) la plena representatividad como patronal del campo ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en pie de igualdad con Asaja, la organización adscrita a la CEOE.

El Supremo estima que, "como sociedad que agrupa los intereses profesionales de los empleadores", COAG puede defenderlos en todos los foros, incluídas las comisiones mixtas con todos los ámbitos de la Administración.

En una sentencia a la que tuvo acceso Servimedia, el Alto Tribunal estima el recurso presentado por COAG contra el Real Decreto de creación de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo sobre Política de Inversiones y Empleo Agrario (APIEA), en el que sólo se otorgó representatividad a 4 miemros de la Administración y 4 de la Asociación de Jóvenes Agricultores (Asaja), enmarcada en la CEOE.

COAG recurrió esta normativa alegando que, aunque no firmó los pactos previos entre el Estado y los representantes del campo que dieron origen al APIEA, tiene derecho a participar en la comisión de seguimiento como representante de un elevado número de agricultores.

La Coordinadora de Agricultores y Ganaderos solicitó además en reiteradas ocasiones a Trabajo su incorporación a la Comisión, sin logar ninguna contestación ministerial, lo que fuentes de COAG achacaron a las presiones ejercidas por parte de la CEOE.

La sentencia asegura que COAG mantiene una "evidente representatividad en el campo agrario como sociedad que agrupa los intereses profesionales de los empleadores", lo que está demostrado en los resultados de las elecciones a las cámaras agrarias y que, por lo tanto, su participación "no puede ser obviada" en una comisión de seguimiento de asuntos agrarios.

El Supremo reitera, adeás, la doctrina de que organizaciones como COAG, si bien no se pueden considerar como sindicatos, tienen derechos "análogos" a los mismos, a la hora de representar a sus afiliados.

Para los magistrados, las funciones de la Comisión de Seguimiento de la que resultó excluida COAG "implican la realización de una labor consultiva y de participación en decisiones afectantes al sector de la agricultura, de la que no puede verse excluída ninguna organización de carácter representantivo en dicho campo".

or todo ello, otorgan a COAG el derecho a integrarse en la Comisión de Seguimiento, para respetar así el principio de no discriminación que recoge la Constitución Española, por lo que la Coordinadora tendrá dos representantes en la citada comisión, restando dos a los que actualmente mantiene la CEOE-Asaja.

SATISFACCION

El secretario general de COAG, José Manuel de las Heras, mostró a Servimedia su "satisfacción" por la sentencia del Tribunal Supremo.

Para De las Heras, se trata de "la confirmacón" de la representación que COAG siempre ha tenido en el campo agrario y que "tanto el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales como la CEOE pretendían enterrar".

Además, destacó es la "primera vez" que los tribunales reconocen que la representatividad institucional de los empleadores corresponde a otra organización empresarial, además de a la CEOE.

Finalmente, De las Heras lamentó que, con la elevada representatividad en el sector que ya tiene COAG, haya tenido que recurrir a los tribunales par que reconozca sus derechos para poder trabajar en defensa de los agricultores.

(SERVIMEDIA)
10 Feb 2000
C