EL SUPREMO RECHAZA EQUIPARAR LA ANTIGUEDAD DE LOS AUTOBUSES DE TRANSPORTE ESCOLAR EN TODA ESPAÑA

MADRID
SERVIMEDIA

La sala tercera del Tribunal Supremo ha rechazado equiparar en toda España la antigüedad de los autobuses de ransporte escolar como había solicitado, a través de un recurso contencioso-administrativo, la Asociación Nacional de Empresarios de Transporte de Autocar (ANETRA).

Actualmente, en España los autocares que desarrollan el transporte escolar, además de contar con las medidas de seguridad establecidas en la ley, deben tener una antigüedad máxima de 18 años, a excepción de las comunidades autónomas de Baleares y Canarias, y las ciudades de Ceuta y Melilla, donde la antigüedad de los vehículos no debe ser uperior a los 16 años.

Para Anetra, las limitaciones de antigüedad que contiene la normativa vigente "no responden a razones de seguridad vial, sino a razones de mera oportunidad".

Sin embargo, la sentencia del Supremo, a la que tuvo acceso Servimedia, recoge que el régimen excepcional de estas comunidades se introdujo en la ley por petición expresa del Consejo Nacional de Transportes terrestres y, "a pesar de no tener suficiente justificación esta discriminación, no puede servir de fundamento paa reclamar su extensión a todo el territorio nacional, como pretende Anetra, cuya tesis produciría como resultado la reducción en todo el país de las condiciones de seguridad".

(SERVIMEDIA)
11 Jun 2003
D