EL SUPREMO RECHAZA QUE BANCOS Y CAJAS NO DEN LIBERTAD A SUS CLIENTES DE HIPOTECAS PARA CONTRATAR SEGUROS DE VIDA
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El Tribunal Supremo considera contrario a la competencia el que las entidades financieras obliguen a los suscriptores de un préstamo hipotecario a firmar un seguro de vida con una aseguradora concreta, generalmente ligada a la entidad que concedía el crédito.
El Supremo ha rechazado un recurso de casación de Caja Madrid y el Abogado del Estado contra una sentencia de la Audiencia Nacional, que anulaba un acuerdo del Pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia.
El Alto Tribunal recoge los argumentos expresados en la sentencia de la Audiencia Nacional y rechaza las motivaciones expresadas por la entidad financiera y el Estado.
En su fallo, la Audiencia Nacional señalaba que había indicios de una "práctica generalizada" de "subordinar la concesión de un préstamo hipotecario a la suscripción de una póliza de seguro de vida o amortización de crédito con una entidad aseguradora perteneciente al mismo grupo empresarial en la que el beneficiario de dicho seguro es la entidad prestamista".
Este hecho "priva al usuario de elegir la compañía con la que contratar su póliza de seguro, y de utilizar, en el supuesto de ejercitar la garantía hipotecaria, otras vías distintas de las del reclamo a la compañía de seguros Caja Vida Madrid", ligada a la entidad que preside Miguel Blesa.
Ausbanc denunció ante las autoridades de Competencia a Caja Madrid por obligar a los suscriptores de préstamos con la entidad a firmar un seguro de vida con Caja Viva Madrid.
El 21 de diciembre de 2000, el secretario general de Política Económica y Defensa de la Competencia archivó la denuncia de Ausbanc, que recurrió la decisión.
El Pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia dictó el 21 de noviembre de 2001 una resolución desestimando el recurso de la asociación de consumidores, tras lo cual Ausbanc se dirigió a la Audiencia Nacional.
Fue el 17 de septiembre de 2003 cuando la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional estimó el recurso de Ausbanc e instó a la apertura de un expediente por parte del Tribunal de Defensa de la Competencia.
Caja Madrid y el Abogado del Estado recurrieron ante el Supremo la decisión de la Audiencia Nacional y ahora el Alto Tribunal vuelve a dar la razón a Ausbanc y obliga a pagar las costas del proceso a los recurrentes.
Entre los puntos en que basaban su recurso ambas partes estaba la falta de legitimidad de Ausbanc, algo que el Supremo no comparte, por entender que esta asociación tiene total capacidad para defender los intereses globales de los consumidores.
Rechaza, asimismo, las alegaciones formuladas por Caja Madrid acerca de que no estaba suficientemente probado que la entidad incurriese en prácticas contrarias a la ley de competencia.
(SERVIMEDIA)
04 Jul 2006
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