EL SUPREMO REBAJA A LA MITAD UNA CONDENA POR NARCOTRAFICO AL APLICAR SU NUEVO CRITERIO SOBRE DROGAS
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado de nueve a cinco años de cárcel la pena impuesta a un hombre a quien se le incautaron 295,79 gramos de cocaína. Se trata de la primera sentencia que aplica el criterio establecido por el Alto Tribunal para todos los juzgados de España sobre as condenas por tráfico de drogas.
En la sentencia, el Supremo establece que la cantidad incautada al reo no llega a superar las 500 dosis de cocaína, consistente en 1,5 gramos diarios y un total de 750 gramos, cantidad a partir de la cual, según el Alto Tribunal, hay que empezar a hablar de gran narcotraficante.
En el caso aquí juzgado, el condenado tenía un total de 197 dosis de cocaína, cantidad sensiblemente inferior a las 500, por lo que el Supremo considera excesiva la pena de 9 años de cárel que le había impuesto en su día la Audiencia Provincial de Almería y la reduce a 5 años de prisión, por considerar que se trata de una "respuesta punitiva diferenciada, y, en consecuencia, más efectiva, proporcionada y disuasoria" para este caso.
EL NUEVO CRITERIO
El criterio aplicado en esta sentencia fue fijado el pasado 19 de octubre por el Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en una reunión en la que definió lo que debe entenderse por cantidad e droga de "notoria importancia", epresión recogida en el artículo 369.3 del Código Penal y las penas que deben imponerse al respecto, con el fin de evitar sentencias dispares.
Para los magistrados del Tribunal Supremo, el máximo órgano en materia penal, era necesario fijar un criterio que permitiera distinguir entre el gran y el pequeño narcotráficante, y evitar que un "camello" pudiese ser condenado como si se tratase de un traficante a gran escala.
A partir de ahora, el Tribunal Supremo establece que aquellas personas que se enuentren en posesión de un máximo de 500 dosis (consumo diario que puede tener un drogadicto) sean condenadas a penas de entre 3 y nueve años de prisión.
Si la cantidad de droga incautada supera las 500 dosis, la condena que deben imponer los tribunales españoles oscilará entre los 9 y los 13 años de prisión. Hasta ahora, el mínimo podía ser de tres años de cárcel.
(SERVIMEDIA)
08 Nov 2001
VBR