EL SUPREMO RAIFICA LA MULTA DE 60.000 EUROS PARA UN CASINO QUE HIZO UN REGISTRO DE DATOS DE CLIENTES SIN SU PERMISO

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que ratifica la multa de 60.000 euros para un casino de Madrid que elaboró un fichero informatizado con los datos de algunos clientes, como el dinero que se gastaban en el local y la formas de pago que empleaban.

Se trata del Casino Monte Picayo, que disponía del fichero si que los clientes hubieran dado su permiso y sin haberlo inscrito en el Registro General de la Agencia de Protección de Datos, que impuso una multa de 60.000 euros a dicha empresa.

En el fichero automatizado figuraban datos de determinados clientes, "entre ellos el nombre, apellidos y dirección, fecha de compra y venta de fichas, medio de pago utilizado e importe de la operación", relata la sentencia.

Los responsables del mencionado casino, no sólo recogían los pagos realizados mediante cheques, si no también los efectuados en efectivo y con billetes en mesa". Además, el listado contaba con una serie de "signos negativos" con los que obtenían las cantidades perdidas en el juego.

Para los magistrados del Tribunal Supremo, no está acreditado que los datos fuesen necesarios apra el mantenimiento de las relaciones del Casino con sus clientes, puesto que no recogían exclusivamente los pagos mediante cheques y no consta el control de éstos con independencia del importe.

El Supremo recuerda queel fichero automatizado fue sustituido posteriormente por unas 200 "fichas manuales", consistentes en fotocopias del DNI de los interesados y en información relativa al límite y riesgo que comportaban las operaciones que realizasen dichas personas en el casino.

Para el Alto Tribunal, este detalle demuestra "la falta de necesidad de la automatización de los datos obtenidos sin consentimiento del afectado" denunciante.

Con estos argumentos, el Supremo ratifica la multa impuesta en 1996 por la Agenca de Protección de Datos y confirmada también por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

(SERVIMEDIA)
22 Ago 2002
VBR