EL SUPREMO ORDENA REPETIR UN JUICIO POR JURADO POR NO MOTIVAR LA SENTENCIA

- Considera que no se explica al reo las razones para condenarle a 59 años de prisión

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ordnado la repetición de un juicio por jurado realizado en Guadalajara en el que se condenó a un hombre a 59 años de prisión por dos delitos de asesinato.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Servimedia, el Alto Tribunal considera que el veredicto realizado por el jurado, y confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, no explica con claridad los razonamientos por los que se realiza la condena, lo que provoca la indefensión del penado.

El Supremo insiste en que "el acta devotación del veredicto pronunciado (por el jurado) carece de la necesaria motivación" y por ello debe darse la razón al condenado, que desconoce las razones por las que se le envía a prisión y "sufre indefensión en la exacta medida en que no puede rebatir aquellas razones" ante ningún otro tribunal.

"Se trata de que el proceso de aplicación del derecho no permanezca en el secreto o en el anonimato", insiste la sentencia del Supremo, de la que es ponente el presidente de la Sala Segunda, José Jiménez Vllarejo, quien insiste en que "el ciudadano tiene derecho a conocer las razones por las que resulta condenado".

VEREDICTO/SENTENCIA

El Supremo insiste en que el acusado al que se condena en una sentencia sin explicarse las razones por las que se declaran probados los hechos que le perjudican "sufre indefensión".

Por ello, y dado que "el verdicto forma parte de ella -de la sentencia- como juicio de hecho", debe tener el mismo trato a la hora de explicar las razones para una posible condena o abslución.

En este caso, la motivación de la sentencia del jurado decía textualmente: "Los jurados han atendido como elementos de convicciones a las pruebas practicadas en la vista", del todo insuficiente según dice el Supremo.

El juicio que deberá repetirse juzgó a Ramón García García por dos delitos de asesinato y uno de allanamiento de morada y fue condenado a 59 años de prisión. Posteriormente recurrió ante la Audiencia Provincial de Guadalajara y luego al Tribunal Superior de Justicia de Castila-La Mancha, donde rechazaron sus pretensiones.

Pero el Supremo ha atendido su apelación y ordena que la sentencia vuelva al máximo organo judicial de Castilla-La Mancha. De ahí, según informaron a Servimedia fuentes jurídicas, seguirá hacia la Audiencia Provincial, donde deberá repetirse el juicio, de acuerdo también con lo que solicitó el fiscal del Tribunal Supremo.

Esta decisión del Supremo viene a sumarse a otras similares como la del caso del miembro de Jarrai Mikel Otegi, absuelto del asesnato de dos ertzainas por un Tribunal del Jurado sin ninguna motivación en el veredicto, por lo que el Supremo ha ordenado también repetir este juicio.

(SERVIMEDIA)
18 Oct 1998
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