EL SUPREMO ORDENA AL CONGRESO QUE PAGUE A UN POLICIA LAS GRATIFICACIONES QUE DEJO DE ABONARLE POR SU ACTIVIDAD SINDICAL
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha fallado en contra del Congreso de los Diputados por dejar de abonar una gratificación económica a un policía nacional destinado en la Cámara Baja cuando éste asumió un cargo de representación sindical.
La sentencia del Tribunal Supremo relata que el policía Juan Manuel Avalos cobraba una gratificación asignada a los funcionarios que prestan un servicio efectivo en el Congreso de los Diputados hasta que fue eximido el trabajo en la Cámara por tener un cargo sindical en la Asociación Nacional de Policía Uniformada (ANPU).
El Alto Tribunal considera que "el ejercicio de actividades sindicales en ningún caso debe suponer pérdidas o perjuicios para la persona que las desarrolla", y en este caso "el perjuicio que sufre el recurrente se manifiesta con nitidez".
El Congreso de los Diputados alegó que el policía había dejado de percibir esta gratificación económica por "pasar destinado a desempeñar funciones sindicles en otra dependencia" y considerar que "no es posible seguir abonando la retribución a los funcionarios que (...) han dejado de prestar servicios efectivos en el Congreso".
No obstante, el Supremo replica que al dejar el servicio para realizar una actividad sindical, por la que no recibe ningún beneficio económico, el policía debe ser remunerado "en iguales condiciones que si efectivamente prestara aquéllos servicios" por los que hasta entonces recibía una gratificación especial.
Por ello, el upremo anula la resolución de la Secretaría General del Congreso de los Diputados que denegaba el derecho a esta gratificación, y ordena que se pague al demandante las compensaciones que dejó de percibir desde el 1 de enero de 1994, fecha en la que comenzó su actividad en ANPU.
(SERVIMEDIA)
14 Feb 2000
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