EL SUPREMO INVESTIGARÁ A GARZÓN POR UN PRESUNTO DELITO DE PREVARICACIÓN
- Por su investigación sobre los crímenes del franquismo
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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha decidido admitir a trámite la querella presentada contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en la que se acusa al magistrado de un presunto delito de prevaricación por haberse declarado competente para investigar los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo.
En concreto, los magistrados de la Sala Segunda (o Sala de lo Penal), presididos por el juez Juan Saavedra, han admitido a trámite la querella presentada por el sindicato Manos Limpias contra Garzón al considerar que el titular del Juzgado Central de Instrucción número cinco de la Audiencia Nacional podría haber iniciado la investigación sobre el franquismo a sabiendas de que no era competente.
En su querella, presentada el pasado 26 de enero, Manos Limpias acusa a Garzón de haber iniciado su investigación sobre los desaparecidos de la Guerra Civil y el franquismo "consciente de la ilegalidad e incompetencia en que incurría". Es decir, que Garzón mantuvo un procedimiento "a conciencia de no ser competente".
En virtud de esta acusación, el sindicato Manos Limpias pedía 20 años de inhabilitación para Garzón. La admisión a trámite de la querella supone que, con toda probabilidad, Garzón debera acudir al Tribunal Supremo para declarar como imputado.
En el auto hecho público hoy, los magistrados del Alto Tribunal dan en parte la razón a Manos Limpias y aseguran que Garzón pretendió "salvar los escollos" que planteaban la irretroactividad de la acción penal, la prescripción de los delitos perseguidos y la Ley de Amnistía de 1977 para continuar con su investigación.
La instrucción de la causa por parte de Garzón finalizó el pasado 18 de noviembre de 2008 cuando el magistrado, después de dos meses de instrucción, decidió finalmente inhibirse y dejar la investigación sobre los crímenes de la Guerra Civil y la dictadura de Franco en manos de los juzgados ordinarios de los municipios en los que existen fosas comunes.
LA MUERTE DE FRANCO
Garzón tomó esta decisión después de declarar extinguida la responsabilidad penal por fallecimiento de Francisco Franco y de los otros responsables del ejército nacional, de la dictadura y de la Falange a los que había imputado delitos de crímenes contra la humanidad.
En este sentido, los magistrados del Tribunal Supremo, a través del auto hecho público hoy, critican que Garzón declarase extinguidas unas responsabilidades penales por razón de fallecimientos "sucedidos notoriamente decenios antes".
Antes de debatir sobre la admisión a trámite de la querella, los magistrados solicitaron testimonio de todas la actuaciones llevadas a cabo por Garzón en el marco de su investigación de los crímenes del franquismo y requirieron la opinión de la Fiscalía.
En este sentido, los magistrados destacan en su auto que, en el caso de querella dirigidas contra jueces, es necesario "evitar acusaciones infundadas, dirigidas a menoscabar la función judicial".
La Fiscalía, en su informe tras la presentación de la querella, pidió el archivo de la misma al entender que los hechos imputados a Garzón no eran constitutivos de delito alguno.
En el auto hecho público hoy se destaca que la Fiscalía advirtió a Garzón de que no era competente para investigar los hechos y que, por lo tanto, no debía seguir admitiendo las denuncias presentadas.
"El juzgado siguió dictando providencias sin resolver su competencia, ordenando numerosos archivos e instituciones el envío de listado de desaparecidos en la guerra, y recabando para sí el control de las exhumaciones que pudieran estar practicándose", señalan los magistrados del Alto Tribunal.
En resumen, la Sala Segunda del Tribunal Supremo concluye que la presunta comisión por parte de Garzón de un delito de prevaricación "no se advierte que sea absurda ni irracional, al menos como hipótesis", por lo que admite a trámite la querella de Manos Limpias.
Aún así, el auto hecho público hoy subraya que la admisión a trámite de una querella "no exige la constancia acreditada de lo que afirma, sino la posible relevancia penal de los hechos que contiene".
Por último, la Sala Segunda ha nombrado instructor de la causa al magistrado Luciano Varela "conforme al turno preestablecido".
(SERVIMEDIA)
27 Mayo 2009
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