EL SUPREMO EXAMINA EL CASO DE UN MAGISTRADO ACUSADO DE COBRAR ILEGALMENTE AYUDAS EUROPEAS AGRICOLAS
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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha examinado el caso del magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) Mariano Espinosa de Rueda Jover, acusado por la Fiscalía de un presunto delito de cobro ilegal de ayudas agrícolas europeas.
En un auto difundido hoy, el Supremo explica que considera que, por el momento, no encuentra fundamento suficiente para asumir el caso y que, por lo tanto, el asunto debe seguir siendo investigado por la justicia ordinaria. No obsante, puntualiza que, si en la investigación abierta surgen "indicios de mayor solidez", procedería elevar el caso a la Sala de lo Penal del Supremo.
Mariano Espinosa de Rueda Jover y sus hermanos figuran entre los imputados en las diligencias del Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid, en las que se les acusa de haber percibido de forma aparentemente irregular 1.086.930,39 euros (más de 180 millones de pesetas), hasta el 31 de diciembre del año 2000.
Conforme al artículo 57.3 de la Ley Orgánca del Poder Judicial, la Sala Segunda del Tribunal Supremo debería ser la encargada de investigar si Espinosa incurrió en presunto delito de cobro ilegal de fondos europeos para la agricultura, dada su condición de magistrado del TSJM.
En un auto, el Alto Tribunal argumenta que los nuevos documentos aportados a la causa por el Servicio de Protección de la Naturaleza (Unidad Central Operativa Medioambiental-UCOMA) y por la Dirección General de Regadíos y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultur de Murcia, no permiten, hasta el momento, deducir indicios que señalen que el magistrado ha cometido los delitos de los que se le acusa.
Por este motivo, la Sala Segunda concluye que "no resulta ahora posible la aceptación de la competencia para conocer los hechos", por lo que las investigaciones de los mismos deberán continuar en el Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid.
El auto concluye que el juzgado de instrucción madrileño debe continuar con las investigaciones para lograr un "mayor eslarecimiento de los hechos y, en particular, para dilucidar el grado de implicación que pudiese tener el aforado".
"En caso de surgir indicios de mayor solidez que supongan la posibilidad de efectuar una imputación provisional de los hechos de relevancia criminal al aforado, procederá que se eleve nueva exposición a la Sala Segunda del Tribunal Supremo", indica el auto.
(SERVIMEDIA)
27 Nov 2003
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