EL SUPREMO ESTABLECE QUE NO SE PUEDE OBJETAR A EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA
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El Tribunal Supremo estableció hoy que los padres no tienen derecho a apelar a la objeción de conciencia para negarse a que sus hijos cursen la materia de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) y confirmó la obligatoriedad de esta asignatura.
Veintinueve magistrados de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo, tras más de dos días reunidos y más de 20 horas de deliberación, han llegado a esta conclusión por 22 votos a 7.
El Alto Tribunal considera que la asignatura de Educación para la Ciudadanía no vulnera el derecho de los padres a elegir la educación moral y religiosa de sus hijos según su propias convicciones.
Esta decisión viene a establecer un criterio jurídico único frente a las dispareses sentencias que los tribunales de diferentes comunidades autónomas han dictado sobre la asignatura de Educación para la Ciudadanía.
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(SERVIMEDIA)
28 Ene 2009
CAA