EL SUPREMO DENIEGALA PENSION A UN SOLDADO DE LA REPUBLICA POR NO PROBAR QUE SUS LESIONES ESTAN CAUSADAS POR HERIDA DE GUERRA
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha denegado la pensión de mutilación a un ex combatiente de la República, por no haber probado que las lesiones que sufría eran consecuencia de una herida de guerra.
De esta manera, el Supremo confirma la decisión tomada en su día por la Audiencia Nacional y que fue recurrida por los hijos del soliciante, Ramón Segura Lozano, fallecido durante el proceso judicial abierto para lograr la pensión de mutilación.
Ramón Segura pidió esa pensión alegando una cicatriz en la frente y en la sien, consecuencia de una herida causada por la explosión de un bomba de aviación, cuando era soldado en la Brigada 114 del Ejército de la República y luchaba en el frente de Armudes, en Córdoba, en agosto de 1938.
Según el recurrente, esa herida, además de la cicatriz, le habría dejado "un cuerpo extraño y producio mareos, cambios de carácter, mala memoria y pérdida de fuerza en la pierna derecha, lo que le causaba dolor y cojera al andar".
Sin embargo, los magistrados del Tribunal Supremo se apoyan en el informe del Tribunal Médico Territorial de Valencia para señalar que no ha quedado probado que las lesiones enumeradas, salvo la cicatriz, sean "consecuencia única y exclusiva de la herida de guerra".
(SERVIMEDIA)
07 Ago 2002
VBR