EL SUPREMO DECIDE QUE CANTABRIA COBRE EL IMPUESTO SOBRE LA HERENCIA DE BOTÍN
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que confirma que es la Comunidad Autónoma de Cantabria, y no la de Madrid, la que debe cobrar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones relativo a la herencia de Emilio Botín Sanz, padre del actual presidente del Banco Santander.
El Supremo señala que, para decidir qué comunidad autónoma es la que debe cobrar ese impuesto, hay que tener en cuenta la "residencia habitual del causante de la sucesión".
Asimismo, recuerda que la Ley de Cesión de Tributos a las Comunidades Autónomas atribuye el rendimiento del impuesto cedido, salvo excepciones, a la comunidad autónoma en cuyo territorio tiene su residencia habitual el sujeto pasivo, si es persona física, o su domicilio fiscal si es persona jurídica.
Según dicha ley, añade el Supremo, "se entiende que las personas físicas tiene su residencia habitual en la Comunidad Autónoma de que se trata cuando permanezcan en su territorio por más de 183 días durante el año natural".
Y en este caso, y como consta en la sentencia de instancia, de la prueba practicada resulta acreditado que la residencia habitual de los padres de Botín, al menos durante los tres años anteriores a la fecha de su fallecimiento, se hallaba en Cantabria, y no en la Comunidad de Madrid, independientemente de que continuaran empadronados en la capital de España.
Con estos argumentos, el Supremo confirma la sentencia que dictó en su día la Audiencia Nacional, avalando la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central en favor de la Comunidad Autónoma de Cantabria frente a la de Madrid.
(SERVIMEDIA)
16 Feb 2006
VBR