EL SUPREMO DA LA RAZÓN A LA JUNTA ANDALUZA EN LA DENOMINACIÓN DE SUS DELEGACIONES DE GOBIERNO EN PROVINCIAS
- Rechaza así el recurso interpuesto por el Gobierno Aznar en 1997
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El Tribunal Supremo (TS) ha fallado a favor de la Junta de Andalucía en el contencioso administrativo que el Ejecutivo central inició en 1997, bajo el mandato del PP, con el objetivo de que la Administración autonómica cambiara el nombre de sus Delegaciones de Gobierno de la Junta y las llamara Delegaciones del Consejo de Gobierno de Andalucía.
Según explicó hoy el portavoz del Gobierno andaluz, Enrique Cervera, el Tribunal Supremo "ha dado la razón a la Junta, en una sentencia que deja claro que puede llamar a sus órganos administrativos periféricos como quiera".
En la sentencia, el TS afirma que "el Consejo de Gobierno no es sino el Gobierno de la Junta de Andalucía, como saben y asumen los ciudadanos españoles en general, y los españoles que gozan de la condición política de andaluces al tener vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía".
Agrega que la denominación de las Delegaciones del Gobierno de la Junta en las distintas provincias no provoca confusión con la Delegación del Gobierno de la Nación, cuya única sede está en Sevilla, y sus dependencias provinciales, que son denominadas subdelegaciones.
En este sentido, el texto explica que "el singular cometido del Delegado del Gobierno de la Nación -dirigir la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y coordinar, cuando proceda, esa Administración del Estado con la Administración propia de la Comunidad- no puede ser confundido con ningún otro, ni interferido por la denominación de otro órgano administrativo que sirve a distinta Administración territorial y con competencias propias".
(SERVIMEDIA)
29 Nov 2005
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