EL SUPREMO CONFIRMA LA PENA DE 44 AÑOS A 'PEPE EL BOCA'
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 44 años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva a José Franco de la Cruz, 'Pepe el Boca', como autor de la violación y asesinato de la niña de 9 años Ana María Jerez Cano, cometido el 19 de febrero de 1991.
En el fallo, la Sala Segunda del Alto Tibunal tan sólo estima uno de losargumentos esgrimidos por el condenado en su recurso, el relativo al cómputo global de la condena como base para que disfrute de beneficios penitenciarios, extremo que anula.
La Audiencia Provincial de Huelva había establecido en su sentencia, por primera vez, que el tiempo total al que fue condenado 'Pepe el Boca', los 44 años de cárcel, eran la base para la aplicación de los beneficios penitenciario de libertad condicional y redención de penas por trabajo, y no los 30 años de tiempo máximo que puedeestar recluído un preso, según fija la ley.
El condenado alegó que esa novedad vulnera los postulados del derecho penal y los fines rehabilitadores que tiene la pena, convirtiéndola en algo exclusivamente punitivo y cercenando toda posibilidad de recuperación del delincuente, argumentos que fueron compartidos por el fiscal.
El Alto Tribunal dice que la Audiencia onubense olvida que el límite de 30 años de cárcel opera como "una pena nueva, resultante y autónoma, y a ella deben referirse los benefcios otorgados por la ley, como son la libertad condicional y la redención de penas".
Añade que la decisión del tribunal onubense es una interpretación realizada "a quo contra reo", y por ello debe prescribirse, y agrega que, además, no está apoyada por el reglamento penitenciario.
"Sobre la pena resultante, que podría ser el triplo de la más grave de las sanciones, o bien el límite de 30 años cuando aquél exceda de este límite, es donde deben operar los beneficios penitenciarios y no distinguir,donde la ley no distingue y 'contra reo' y con choque frontal a lo señalado en el artículo 25.2 del texto constitucional", concluye el Tribunal Supremo.
(SERVIMEDIA)
14 Mar 1994
S