EL SUPREMO CONDENA A PRYCA POR DISCRIMINACION CON LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL
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El Tribunal Supremo ha estimado un recurso presentado por CCOO y otros sindicatoscontra Pryca y ha dictado una sentencia en la que declara el derecho de todos los trabajadores de la compañía demandada a percibir la cuantía íntegra del seguro de vida e incapacidad concertado por la empresa, y no la proporcional a la jornada o tipo de contrato (total o parcial).
Con esta sentencia, según informó hoy CCOO, el Supremo reconoce el derecho de los trabajadores contratados a tiempo parcial a las mejoras laborales establecidas en el convenio de Pryca, empresa que venía realizando una aplicción parcial para estos trabajadores del precepto del convenio que establece un seguro de vida e incapacidad permanente y absoluta.
Este sindicato denuncia que Pryca concertaba para los trabajadores a tiempo parcial un seguro con un capital asegurado proporcional al tiempo realmente contratado, pese a que el convenio colectivo no hace distinción alguna y se refiere "a todos los trabajadores afectados por el convenio".
Para CCOO, la importancia de esta sentencia del Supremo radica en el reconociminto de igualdad de todos los trabajadores a la hora de aplicar las condiciones pactadas en un convenio, aparte lógicamente de las diferencias salariales y las que se deriven de la proporcionalidad al trabajo realizado.
El Supremo considera que la finalidad de la mejora establecida en convenio, en este caso el seguro de vida e incapacidad, es paliar los perjuicios materiales y morales originados a los trabajadores que resulten inválidos o a los familiares de los trabajadores fallecidos, y cree que esta situaciones tienen valor universal y que no puede darse un trato desigual a los empleados.
(SERVIMEDIA)
07 Ago 1998
NLV