EL SUPREMO CONDENA A PRISION A DOS MILITARES QUE LLAMARON "RATA ASQUEROSA" A UNA MUJER SOLDADO

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha condenado a ocho meses de prisión a un cabo y a otros seis a un soldado por degradar y hmillar a una compañera de armas con tratos vejatorios e insultos del estilo de "rata asquerosa", según una sentencia hecha pública hoy.

Los hechos que han dado lugar al fallo se produjeron el 11 de febrero de 1998, cuando el cabo Gonzalo García Sanz y el soldado Jesús Prats Caba entraron en el Escuadrón de Automóviles del Acuartelamiento del Grupo del Cuartel General del MACAN, en el que estaba destinada la soldado.

Tras conversar de forma distendida los tres sobre hechos relativos al servicio, ls dos soldados cambiaron de actitud y comenzaron a contar "chistes denigratorios para la condición femenina".

"Como vieran que la soldado se veía afectada, el soldado Prats se dirigió a ella haciendo valer su condición de veterano, calificando de instromisión la presencia en las Fuerzas Armadas de mujeres en general y en particular la suya, llamándola rata asquerosa", explica la sentencia.

Así, ambos soldados rodearon a la víctima, empujándola y acorralándola. El cabo Gonzalo García llegó inclusoa "pasarle una porra por las nalgas". La víctima, "fuera de sí", pidió ayuda por teléfono al cabo de guardia, quien, tras personarse en el lugar ordenó a los otros dos militares que se marcharan.

"Durante la concurrencia de los hechos se personaron en la oficina del Control la patrulla de servicio de vigilancia interna y otros soldados, que se limitaron a recriminar la actitud de los dos procesados por considerarla excesiva (literalmente uno de ellos les dijo 'que se estaban pasando') si bien no llegaon a adoptar ninguna iniciativa para cortarla", explica la sentencia.

Tras el episodio descrito, la víctima sufrió un shock emocional que requirió tratamiento en el Gabinete de Psicología del cuartel General del MACAN.

Para los magistrados de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, la conducta del cabo Gonzalo García y del soldado Jesús Prats "supone un atentado contra la integridad moral de la víctima" establecido en el artículo 15 de la Constitución.

Así, el Supremo confirma la sentenca dictada por el Tribunal Militar Territorial Quinto y que consideró que los hechos descritos son constitutivos de un delito consumado de abuso de autoridad, en su modalidad de trato degradante o inhumano, previsto en el Código Penal Militar.

Así, condenó al cabo Gonzalo García a ocho meses de prisión como autor de dicho delito, mientras que impuso seis meses de prisión al soldado Jesús Prats, como cooperador de los hechos descritos.

(SERVIMEDIA)
31 Ene 2001
VBR