EL SUPREMO CONDENA A UN MUNICIPIO A PAGAR 19 MILLONES A UN HOMBRE QUE PERDIO UNA PIERNA POR UNA EXPLOSION EN LAS FIESTAS PATRONALES

MADRID
SERVIMEDIA

El Ayuntamient de la localidad valenciana de Castelló de la Ribera tendrá que indemnizar con 19 millones de pesetas a un hombre al que una explosión provocada durante un concierto en las fiestas del pueblo le amputó una pierna, según una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.

La sentencia relata que en agosto de 1992, mientras se celebraba en el polideportivo municipal de esta localidad -entonces llamada Villanueva de Castellón- un espectáculo musical con ocasión de las fiestas atronales, se produjo en el centro de la pista una explosión que provocó al demandante la amputación de la pierna izquierda y quemaduras múltiples en la derecha.

Como consecuencia de estas lesiones, el joven, que entonces tenía 24 años, sufre una incapacidad permanente total para sus ocupaciones agrícolas y necesitó 118 días de asistencia médica, contando con el tiempo de hospitalización.

La explosión se produjo cuando uno de los asistentes lanzó una "sustancia explosiva" que cayó sobre los cable eléctricos extendidos por el suelo del polideportivo. Para el Alto Tribunal, la Administración municipal es responsable del percance en la medida en que tuvo lugar durante un espectáculo autorizado y programado por ella, y celebrado en unas instalaciones que había cedido para ello.

Estas circunstancias obligaban al Ayuntamiento a "procurar un desarrollo de aquél (el espectáculo) sin riesgos para los asistentes, a pesar de lo cual se introdujeron en ese sitio sustancias explosivas susceptibles de causr gravísimos daños personales como los acaecidos".

El Supremo considera que aunque la explosión fuese provocada y el desarrollo del espectáculo y seguridad del recinto durante la actuación no corriesen a cargo del Ayuntamiento, "la culpa de quien provocó la explosión y la negligente actuación del realizador o productor del citado espectáculo no eximen de responsabilidad al Ayuntamiento demandado".

La sentencia del Supremo anula así la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de eximr a la Administración de la responsabilidad por este suceso, y condena al Ayuntamiento a indemnizar al demandante con 18.973.448 pesetas, además de los intereses legales de esta suma desde el 1 de enero de 1996.

(SERVIMEDIA)
19 Mar 2000
E