INDIA

EL SUPREMO CONDENA A "INTERVIÚ" A INDEMNIZAR CON 90.000 EUROS A CAYETANA GUILLÉN CUERVO POR PUBLICAR FOTOS DE LA ACTRIZ DESNUDA

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a la revista "Interviú" a indemnizar con 90.000 euros a la actriz Cayetana Guillén Cuervo por publicar en 1994 unas fotografías en las que aparecía desnuda y que habían sido obtenidas en una playa nudista.

Los magistrados, presididos por el juez Juan Antonio Xiol Ríos, declarán haber lugar al recurso de casación interpuesto por Guillén Cuervo y condenan al ex director de la revista José Cavero; al autor del reportaje, Pedro Pals; y la empresa editora, Ediciones Zeta, a indemnizar a la actriz por una intromisión ilegítima en el derecho a su imagen.

En la revista "Interviú" correspondiente al 22 de agosto de 1994, dentro del reportaje "Especial verano 94", apareció en portada con el título "Cayetana Guillén, tal como es" una fotografía de la actriz desnuda.

En las páginas interiores se publicaba un amplio reportaje fotográfico, con un breve texto escrito, con el título "Actriz, escritora, periodista e hija de famosos, Cayetana Guillén Cuervo, tal como es" y en el que aparecían una serie de fotografías de la actriz, totalmente desnuda, "obtenidas sin conocimiento ni consentimiento, con teleobjetivo, en una playa nudista".

Guillén Cuervo denunció a la revista y al autor del reportaje por haber vulnerado su derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la imagen.

En una sentencia dictada el 1 de marzo de 1999, el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid condenó a Ediciones Zeta, a Cavero y al autor del reportaje a indemnizar solidariamente a la actriz con 90.000 euros y a publicar el texto de la resolución en la revista.

Además, el juzgado prohibió expresamente a Ediciones Zeta "reeditar, ceder a terceros o utilizar en cualquier empresa las fotografías objeto de este procedimiento".

Tres años más tarde, la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid confirmó la sentencia del juzgado de primera instancia, pero rebajó a 30.000 euros la indemnización para Guillén Cuervo.

Este órgano jurídico subrayó el hecho de que la condena se sustentaba en la intromisión en el derecho a la propia imagen y no en la vulneración del derecho a la intimidad.

"No parece que pueda reputar su intimidad mancillada quien, como la accionante, tuvo a bien exponer su cuerpo desnudo en una playa que, aunque frecuentada por nudistas, en su condición de pública, no controla ni impide su acceso a quienes no lo sean", señalaba la sentencia de la Audiencia Provincial.

Tras estudiar los recursos, los magistrados del Alto Tribunal han decidido confirmar la sentencia, pero volvieron a fijar en 90.000 euros la cantidad que los acusados deberán pagar a la actriz.

(SERVIMEDIA)
01 Dic 2008
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