EL SUPREMO CONDENA A LOS FERROCARRILES VALENCIANOS A INDEMNIZAR A UNA PASAJERA ARROLADA AL INTENTAR ENTRAR CON PUERTAS CERRADAS

- El suceso se produjo hace 22 años

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha condenado a la Compañía de Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana y a Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) a indemnizar conjuntamente con 120.000 euros, más intereses, a una viajera que fue arrollada hace 22 años cuando intentaba entrar en un vagón con las puertas cerradas y recién emprendida la marcha.

Con esta sentencia, el Alto Tribunal rectifica las deisiones del Juzgado de Primera Instancia de Massamagrell (Valencia) y, posteriormente, de la Audiencia Provincial de Valencia, que habían desestimado la demanda de la arrollada "por no haberse probado la conducta negligente de la empresa de ferrocarriles".

Ambos tribunales consideraron, asimismo, que había prescrito la responsabilidad civil derivada del contrato de transporte, ya que pasó un año desde que se produjo el accidente hasta que la mujer lo denunció, y que no había quedado acreditado que la iajera comprara el billete.

Los hechos se remontan a 1981, cuando la demandante, que contaba entonces con 14 años, intentó acceder a un tren de cercanías en la estación de Museros (Valencia) cuando el convoy ya había cerrado sus puertas, el jefe de estación le había dado la señal de salida y se había puesto en marcha.

La joven pidió a un viajero que le abriera la puerta, pero al no poder hacerlo, la muchacha se agarró a una barra de sujeción exterior hasta que cayó al suelo, sufriendo graves herias y secuelas al ser arrollada.

En su fallo, el Tribunal Supremo estima, 22 años después de los hechos, que la responsabilidad contractual entre el viajero y la empresa ferroviaria no ha prescrito y que tanto la Compañía de Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana como FEVE cometieron delitos de omisión, ya que no previeron un mecanismo de apertura de puertas interno. De haber existido, el viajero al que la joven pidió auxilio habría podido abrir las puertas una vez en marcha.

El Alto Tribunal a rebajado la indemnización de 40 millones de pesetas que pedía la accidentada a la mitad, 120.000 euros (casi 20 millones de pesetas), al apreciar un nexo causal entre el accidente y la temeridad de la chica.

(SERVIMEDIA)
14 Nov 2003
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