EL SUPREMO CONDENA A CUATRO PERSONAS QUE CULTIVARON CANNABIS PARA AUTOCONSUMO

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha condenado a cuatro meses de arresto mayor y medio millón de pesetas a cuatro miembros de la Asociación Ramón Santos de Estudios sobre el Cánnabis (ARSEC) por cultivar marihuana y no poner los medios necesarios para impedir el paso a la plantación de terceras personas.

La decisión del Supremo, a la que tuvo acceso Servimedia, revoca la sentencia absolutoria de la Aduencia Territorial de Tarragona, que consideró en su día que los condenados no incurrieron en un delito contra la alud pública, ya que el cultivo era para el autoconsumo.

El fiscal recurrió la sentencia del tribunal tarraconense, argumentando que existía un "peligro abstracto" de que terceras personas entraran en la plantación y se hicieran con la marihuana, por lo que solicitaba que se les aplicara a los cuatro acusados el artículo 344 del antiguo Código Penal que tipifica el delito contra la salud pública, ya que los hechos se produjeron estando vigente el antiguo código.

Aunque la Audiencia Territorial deTarragona no admitió el argumento del fiscal alegando que los acusados conjuraron el "peligro abstracto" colocando carteles de advertencia a la entrada de la plantación, el Supremo sí ha estimado el planteamiento del fiscal e interpreta que la finca no fue vallada adecuadamente para impedir el paso de terceras personas, si bien entiende este tribunal que la pena no debe ser equiparable a la tipificada para casos de narcotráfico, por lo que establece una condena menor.

"INTIMIDACION JURIDICA"

Según Jvier Mestre, portavoz de la Coordinadora Estatal de Organizaciones por la Normalización del Cannabis, la sentencia del Supremo constituye "una forma de intimidación jurídica propia de los regímes fascistas".

La coordinadora sostiene que el tribunal hace una interpretación política de los hechos juzgados y condena a los miembros de ARSEC "para no sentar precedente", ya que "en la jurisprudencia del Supremo queda claro que el autoconsumo no es punible, por lo que entendemos que lo que se hace es buscar na justificación para detener por la vía de la intimidación el autocultivo", apuntó Mestre.

Los condenados recurrirán la sentencia del Supremo ante el Tribunal Constitucional, mientras que la Coordinadora de Organizaciones por la Normalización del Cannabis han adelantado que no abandonará el autocultivo, ya que sostiene que la autoproducción de sustancias psicoactivas es un derecho individual implícitamente recogido en la Constitución.

(SERVIMEDIA)
23 Dic 1997
GJA