EL SUPREMO CONDENA A UN CRIADOR DE HALCONES POR TENENCIA ILICITA DE POLLOS
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La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a José García Martínez a una multa de 2.000 pesetas diarias durante cuatro meses y le ha prohibido cazar durante un año ymedio por tenencia ilícita de pollos de halcón peregrino silvestre, según informó hoy la Sociedad Española de Ornitología (Seo/BirdLife).
Para esta organización, la sentencia supone un importante precedente judicial, por entender que a partir de ahora los criadores de halcones en cautividad que no demuestren que sus pollos están legalizados podrán ser denunciados por delito ecológico.
La sentencia dictamina sobre unos acontecimientos ocurridos en la madrugada del 25 de mayo de 1996, fecha en la qe robaron tres de los cuatro pollos de halcón peregrino de un nido situado en el valle del río Henares (Guadalajara).
Agentes de la Guardia Civil alertaron unos días después de que en una finca situada en el término municipal de Pastrana (Guadalajara) se encontraban varios ejemplares de halcón peregrino que podrían proceder del nido expoliado.
El Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil obtuvo permiso del Juzgado nº 3 de Guadalajara para registrar la finca y se incaut de cinco ejemplares de halcón peregrino que sobrevolaban la finca, dos de ellos marcados con anillas de Sabino Santos, propietario de la finca. Las investigaciones la presunta implicación de Santos y de José García Martínez en le expolio de nidos situados en Madrid y Guadalajara.
En un principio los acusados fueron absueltos porque a las rapaces se les extrajo sangre para comprobar su ADN y así determinar el nido de donde procedían sin autorización judicial.
Sin embargo, el Ministerio Fiscal y l acusación particular, promovida por las asociaciones SEO/BirdLife y Dalma, formularon sendos recursos de casación contra la sentencia absolutoria.
Finalmente, la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo condenó a José García Martínez, y absolvió a Sabino Santos porque si bien quedó patente en el juicio que Santos expolió un nido situado en la Comunidad de Madrid (José García Martínez lo hizo en la provincia de Guadalajara), no se le pudo juzgar porque los hechos ocurrieron dos días antes de que ntrara en vigor la Ley de Enjuiciamiento Penal en la Comunidad de Madrid.
Para Juan Criado, director de conservación de Seo/BirdLife, "esta sentencia es importante porque de este modo los centros de cría en cautividad que estén en posesión de halcones que no se hallen legalizados podrían ser juzgados por tenencia ilícita de pollos, lo que constituye un delito ecológico".
Según esta organización, el expolio de nidos de Halcón es una de las principales amenazas para la supervivencia de esta rapaz. n la zona de Guadalajara donde ocurrió el robo han desaparecido en los últimos años el 80% de los nidos.
(SERVIMEDIA)
27 Feb 2002
GJA