EL SUPREMO CONDENA A ANTENA 3 A PAGAR 296 MILLONESA UNA PRODUCTORA POR ANULAR EL CONTRATO PARA UN PROGRAMA

MADRID
SERVIMEDIA

La cadena de televisión privada "Antena 3" deberá pagar algo más de 296 millones de pesetas a la productora "Plan de Imagen, Cine y Video S.A." por anular unilateralmente el contrato que habían firmado para la elaboración de un programa, según una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

La sentencia relata que "Antena 3 de Televisioón S.A." firmó en febrero de 1992 un contrato con la productora pr la que ésta se comprometía a elaborar un bloque de 13 episodios del programa denominado "Plis Plas". Más tarde, la cadena rompió unilateralmente el contrato, para lo que argumentó incumplimiento y precariedad económica por parte de la productora.

"Antena 3" se basaba en que "Plan de Imagen, Cine y Vídeo" envió la copia del programa en una cinta en formato de vídeo doméstico VHS, "sólo apto para el visionado", por lo que considera que la productora "cumplió defectuosamente el contrato".

No obstate, el Tribunal Supremo argumenta que, antes de romper el acuerdo de forma unilateral, la cadena "debió haber actuado de otra manera al recibir el material que, a su juico, no era el idóneo, y no podía utilizar para llevar a cabo la emisión, ni le era factible procesar y convertir".

Además, indica que la cadena de televisión había decidido retrasar la emisión del primer episodio del programa, lo que daba tiempo "más que suficiente" para avisar a la productora a fin de subsanar este problema y tener diponible el material adecuado.

Por ello, el Alto Tribunal ratifica una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que condenaba a "Antena 3" a pagar a la productora 231.195.589 pesetas por los créditos reconocidos en el procedimiento de suspensión de pagos y otros 65 millones de pesetas en concepto de lucro cesante, más los intereses de ambas cantidades.

(SERVIMEDIA)
11 Jun 2000
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