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EL SUPREMO CONCEDE ASILO A UN ALBANO-KOSOVAR QUE HUYO DE LA GUERRA

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a asilo en España a un albano kosovar que huyó de la guerra en Kosovo y pidió refugio en nuestro país en 1998.

En una sentencia difundida hoy, el Supremo aprovecha este caso para dejar claro el principio de que, a la hora de decidir sobre una solicitud de asilo, debe tenerse en cuenta el momento en que se pide, y no en el que se adopta la resolución.

El Alto Tribunal revoca así la sentencia por la que los magistrados de la Audiencia Nacional denegaron el asilo a un yugoslavo procedente de Kosovo porque, cuando se resolvió su expediente, el citado país se encontraba en un proceso de pacificación.

Con la sentencia revocada, la Audiencia Nacional confirmó la decisión del Ministerio del Interior, adoptada el 6 de septiembre de 2000, es decir, dos años después de la solicitud de asilo. La Administración le denegó la condición de refugiado, pero autorizó su permanencia en España bajo el régimen de desplazado.

Sin embargo, el Tribunal Supremo considera que "el argumento no puede aceptarse, porque los hechos que han de ser tomados en consideración a la hora de resolver sobre la concesión del asilo son los existentes al tiempo en que la solicitud se formula".

"De otro modo", agregan los magistrados del Alto Tribunal, "podría abrirse la puerta a una desnaturalización fraudulenta de la institución que condujera a su pérdida de operatividad,pues bastaría dilatar en el tiempo la tramitación y resolución del expediente, a la espera de un futuro cambio de circunstancias en el país de origen del solicitante, para frustrar su finalidad protectora".

Además, el Tribunal Supremo señala que la propia Audiencia Nacional reconoció en su sentencia que "al tiempo de presentarse la solicitud de asilo, la gravedad del conflicto bélico existente en la zona de origen del solicitante, unida a sus circunstancias personales, hubieran justificado la concesión del asilo".

Bedri Bathiri pidió el asilo el 24 de junio de 1998, alegando que era perseguido en su país por no haber querido cumplir sus obligaciones militares, pues era de origen albanés y ninguno de los que habían acudido a la guerra con su misma raíz había regresado vivo a casa. GRAVE RIESGO Para el Supremo, concurren los requisitos para reconocer la condición de refugiado a esta persona, teniendo en cuenta las circunstancias que se daban cuando solicitó el asilo y que se caracterizan "por una situación de grave riesgo para los albano-kosovares residentesen la zona de Kosovo, derivada de los conflictos étnicos acaecidos en dicha zona".

"Así lo entendieron,implícitamente, tanto la Administración como la sala de instancia, que vinieron a reconocer que el relato del interesado expresaba una persecución protegible, por causas étnicas y políticas, por más que desestimaran su pretensión con base en unos argumentos que esta sala no comparte", añaden los magistrados del Supremo.

(SERVIMEDIA)
19 Dic 2005
VBR